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Desde la comunidad académica de la Universidad Nacional de la Patagonia Austral (UNPA) manifestó su preocupación por el proyecto de ley que impulsa la creación del Régimen Provincial de Servicios Medioambientales en Santa Cruz. Durante una entrevista en Radio LU12 AM680, la directora del Instituto de Ciencias del Ambiente, Sustentabilidad y Recursos Naturales (ICASUR), Miriam Vázquez, y el director de la Escuela de Geografía, Sebastián Ruiz, cuestionaron especialmente el contenido del artículo 2 de la iniciativa presentada por el diputado provincial Pedro Muñoz (ARI-CC).
Los profesionales hicieron referencia al despacho de comisión Nº 093/2026 que será enviado para su tratamiento en la próxima sesión de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz, consistente con el Proyecto de Ley N° 323/2024, presentado por Pedro Muñoz, que trata sobre: “Régimen provincial de servicios medioambientales”.
Según explicaron, la universidad ya había realizado observaciones formales sobre el proyecto durante 2024, cuando la propuesta ingresó a la Legislatura. Sin embargo, señalaron que el texto que actualmente avanza en la Cámara de Diputados es idéntico al presentado originalmente. “Presentamos actas de nuestras escuelas y participamos en reuniones de comisión donde expusimos nuestras observaciones. Se había acordado una revisión, pero el proyecto volvió exactamente igual”, indicó Vázquez.
Las objeciones
La principal objeción apunta a la forma en que la norma establece qué profesionales pueden dirigir proyectos, programas o servicios ambientales. Para la académica, el texto equipara trayectorias formativas diferentes y avanza sobre competencias que son reguladas por el sistema universitario nacional.
“Entendemos que las incumbencias profesionales y los perfiles de los títulos los define el Ministerio de Educación de la Nación. No puede una ley provincial determinar que una persona con 200 horas de capacitación tenga las mismas atribuciones que un profesional con una carrera de grado acreditada”, sostuvo.
Vázquez recordó que la Ley de Educación Superior establece estándares mínimos para aquellas carreras que pueden impactar sobre la salud, la seguridad o el ambiente, y que esos estándares son evaluados periódicamente mediante procesos de acreditación.
En ese sentido, remarcó que las problemáticas ambientales requieren enfoques interdisciplinarios y que limitar la participación a determinadas carreras desconoce la complejidad del campo. “Cuando hablamos de ambiente no hablamos solamente de flora y fauna. También intervienen dimensiones sociales, culturales, arqueológicas y territoriales. Dependiendo del proyecto, deben participar distintos especialistas”, afirmó.
Por su parte, Sebastián Ruiz consideró que la redacción actual del artículo cuestionado genera una equiparación inadecuada entre distintos niveles de formación. “La Ley de Educación Superior define claramente los alcances de cada disciplina. No se puede poner en igualdad de condiciones una carrera técnica y una licenciatura. Sería como decir que un enfermero puede realizar una cirugía a corazón abierto”, ejemplificó.
Qué dice el Artículo 2
El Artículo 2 de la norma presentada por Muñoz establece que los Servicios de Medioambiente deberán estar dirigidos por graduados universitarios, que tengan alguno de los siguientes títulos o especializaciones: a) ingenieros ambientales; b) licenciados en medioambiente; c) ingenieros con formación ambiental; d) egresados universitarios o terciarios con cursos de posgrado en medioambiente de no menos de doscientas (200) horas de duración, desarrollados en universidades estatales, extranjeras, privadas o públicas, reconocidas por la Secretaría de Estado de Ambiente; e) técnicos en medioambiente, reconocidos por la Secretaría de Estado de Ambiente; f) todo profesional que a la fecha de vigencia de la presente se encuentre dirigiendo dicho servicio y esté habilitado por la autoridad competente para ejercer dicha función.
Según los profesionales de la UNPA, con esto habilita sólo a determinadas profesiones para dirigir Servicios Ambientales. Y aclararon que las incumbencias profesionales de cada carrera establecidas según sus programas de estudio son las que establecen que misiones, funciones y campos de trabajos pueden abordar. “Estas son fijadas por las instituciones designadas y establecidas por la Ley Nacional de Educación Superior. Por lo cual existe un amplio abanico de profesiones que pueden ejercer las funciones que la ley les vedaría”, señalaron.
“Los únicos que pueden reconocer la validez de los títulos de grado, y de posgrado el ministerio de educación o las universidades que emiten las titulaciones. No existe en el país provincia alguna que derive en una secretaría de ambiente tal facultad”, enfatizaron entre otras consideraciones.
Acompañan el espíritu de la ley
A pesar de las críticas, ambos profesionales aclararon que comparten el espíritu general de la iniciativa, particularmente la necesidad de fortalecer los controles ambientales y garantizar que las empresas cuenten con servicios especializados. Sin embargo, consideran imprescindible corregir los aspectos vinculados a las incumbencias profesionales.
“Nos parece positivo que exista una preocupación por fortalecer la gestión ambiental, pero no se puede desmerecer la formación universitaria ni dejar abierta la posibilidad de que cualquier persona dirija proyectos de esta complejidad”, señalaron.
Ante la inminencia del tratamiento legislativo, desde la universidad iniciaron gestiones con distintos sectores políticos para solicitar que el proyecto vuelva a comisión y pueda ser revisado con participación de especialistas.
“Hemos hablado con legisladores y autoridades de la Cámara para que el proyecto regrese a comisión y podamos trabajarlo entre todos. Lo que pedimos es corregir errores que consideramos graves”, sostuvo Vázquez.
Por su parte, La Opinión Austral le preguntó al diputado Pedro Muñoz por este tema y sostuvo que a raíz de algunas consideraciones y a efectos de considerar que la ley salga lo mejor posible, solicitará su retorno a comisiones a fin de escuchar las sugerencias y hacer las modificaciones pertinentes.
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