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El Congreso de la Nación sancionó la Ley 27.801, una reforma integral del régimen penal juvenil que modifica de manera sustancial el abordaje de la delincuencia en menores. La principal medida establece la baja de la edad de punibilidad de los 16 a los 14 años, incorporando a un universo poblacional estimado en 2,2 millones de jóvenes a nivel nacional.
A diferencia de la normativa anterior, que no criminalizaba las infracciones de menor cuantía con penas de hasta dos años de prisión, el nuevo marco legal abarca todo tipo de delitos. Ahora quedan incluidas desde contravenciones menores, como daños o lesiones leves, hasta hechos de extrema gravedad.
La norma prohíbe expresamente el alojamiento de menores en dependencias penitenciarias para adultos y dispone que las medidas privativas de la libertad se cumplan exclusivamente en dispositivos especializados. Esto contempla un período de adaptación e infraestructura que requiere la intervención conjunta de las provincias y el Estado nacional.
Alcance normativo
Respecto al alcance de la nueva legislación, el juez Penal Juvenil, Dr. Fernando Zanetta, señaló en diálogo con LU12 AM680: “Esta nueva ley, la 27.801, cambia en forma bastante profunda las cuestiones de la temática que nos ocupa, de la penal juvenil, y la primera implicancia obviamente es la baja de la edad de la punibilidad”.
El magistrado detalló el impacto directo de la modificación etaria: “Teníamos hasta hoy la edad a partir de los 16 y, con la nueva ley, arrancamos a partir de los 14. Aunque no lo parezca, es un universo de jóvenes muy muy amplio. La franja etaria que va entre los 14 y los 16 años son aproximadamente a nivel país 2 millones 200.000 personas, es un montón”.
“El trabajo se va a multiplicar y vamos a trabajar con jóvenes realmente de muy corta edad”, advirtió el funcionario judicial. “A los 14 años, hoy con las adolescencias tardías que tenemos, prácticamente son niños. Vamos a tener que redoblar los esfuerzos y tener mucho cuidado en el tratamiento de estas personas”.
Estadísticas e incidencia
Ante el planteo sobre si existen sectores que actúan como delincuentes a temprana edad, el titular del juzgado expresó: “Uno de los motivos por los cuales se bajó la edad de punibilidad es por una demanda social, supuestamente. Siempre que en este país pasa un hecho, que evidentemente hay, yo no lo niego, son muy escasos los casos en que un adolescente de 14 o 15 años provoca la muerte de otra persona”.
“Cuando pasa algo así se replica permanentemente en los medios de comunicación y pareciera como algo habitual, y no es habitual”, contrastó. “Hay estadísticas de la Corte Suprema donde muestran claramente la baja incidencia de la comisión de delitos graves en jóvenes adolescentes”.
Sobre el marco normativo internacional y constitucional, fue tajante: “Pese al consejo de los especialistas, se bajó la edad de punibilidad. Quiero recordarles a todo el mundo que nosotros tenemos una Constitución. En el año 1994 se incluyó en el artículo 75, inciso 22, a la Convención sobre los Derechos del Niño como uno de los tratados que tienen arraigambre constitucional”.
“Esto tiene el mismo valor que la Constitución misma, y tanto la Convención como el Comité de los Derechos del Niño recomiendan fervientemente que los países no bajen la edad de punibilidad. Argentina hizo caso omiso a esto y la bajó”, cuestionó.
Causas profundas
Acerca de la efectividad de las medidas punitivas, el entrevistado sostuvo: “Es un tema muy delicado. En realidad estamos atacando las consecuencias; es real que agravar las penas o bajar las edades no va a cambiar lo que es el universo delictivo. Eso no cambia nada”.
“Las causas son más profundas: la causa es social, económica, y todos los problemas que ya sabemos que estamos sufriendo en el país desde hace muchos años”, diagnosticó.
En cuanto al tipo de contravenciones alcanzadas por la reforma, precisó el cambio de escenario: “Eso es otra cuestión que agrava la nueva ley, porque la ley anterior no incluía para la punibilidad de los adolescentes los delitos de menor cuantía, o sea, los delitos de 2 años para abajo que tienen penas de prisión”.
“A partir de esta nueva ley se incluyen todo tipo de delitos”, alertó. “Por ejemplo, un adolescente de 14 años que rompe un vidrio estaríamos ante un delito de daño y sería factible de tener una causa penal en su contra. Esta cuestión agrava mucho más el panorama que teníamos hasta ahora”.
Justicia restaurativa
Al ser consultado sobre si la norma representa un avance, opinó: “Yo entiendo que no. Igual siempre depende mucho de los operadores de la justicia y de los jueces, porque nosotros tenemos que aplicar la ley con sentido común”.
Para ejemplificar esta postura, graficó: “Si estoy ante un joven de 14 años que se peleó con un compañerito en el recreo del colegio y le provocó un corte en la cara, voy a tratar de no someterlo a proceso penal”.
Sobre el criterio judicial aplicado en la jurisdicción patagónica, explicó: “Todo el fuero penal juvenil del país coincidimos en ir hacia una justicia restaurativa. Ante delitos de menor cuantía, como hurto, daño, lesiones leves o amenazas, en vez de someter al joven a proceso penal, se busca una figura como la suspensión de juicio a prueba”.
“Se busca la reparación integral del daño o la mediación para conciliar víctima y victimario. Se busca que el adolescente entienda su responsabilidad, se haga cargo, repare el daño y evitemos un proceso penal largo por un delito menor”, fundamentó.
Infraestructura especializada
Respecto a las situaciones de gravedad y la infraestructura requerida, indicó el protocolo a seguir: “Para los delitos graves, gravísimos o la reiterancia delictiva cuando no hay otra alternativa, ahí sí va la privación de la libertad”.
“Para eso la nueva ley es muy clara: prohíbe expresamente que un joven sea alojado en una alcaidía o en una cárcel con adultos. Se necesitan sí o sí lugares especializados”, remarcó.
Sobre la realidad de la capital santacruceña en este aspecto, detalló: “Acá en Río Gallegos tenemos el dispositivo para adolescentes en conflicto con la ley penal en la calle Córdoba. El lugar funciona en su interior como un hogar”.
“No es manejado por el servicio penitenciario o gente carcelaria, sino que al joven lo aborda gente del Ministerio de Desarrollo, operadores y profesionales”, valoró.
Desafíos locales
En referencia a las complejidades legislativas en la provincia de Santa Cruz, expuso los obstáculos inmediatos: “Las dificultades son muchas desde lo técnico; no tenemos la legislación actualizada necesaria para implementar plenamente la ley”.
“Nuestro Código Procesal Penal es un código obsoleto, inquisitivo, mientras que en la mayoría de las provincias se aplica un código acusatorio donde el fiscal lleva las riendas y el juez resuelve”, comparó.
Las contradicciones legales representan un desafío extra: “Nuestro código actual prohíbe expresamente la prisión preventiva en jóvenes menores de edad, mientras que la nueva ley me pide que, al privar de la libertad a un joven, lo haga por resolución fundada fijando la prisión preventiva. Ahí tenemos una dificultad muy grande que vamos a tener que trabajar con fiscales y defensores”.
Sobre la difusión preventiva hacia la comunidad educativa, manifestó las acciones tomadas: “Lo primero que tiene que saber un joven es que, a partir de la aplicación de esta nueva ley, los actos tienen consecuencias y las van a sufrir a partir de los 14 años”.
“El jueves pasado hicimos una convocatoria multitudinaria con el Consejo Provincial de Educación con chicos de secundarios de Río Gallegos. Hubo más de 1.000 chicos en dos turnos y quedé gratamente sorprendido por la receptividad, el interés y el diálogo”, celebró.
Esa iniciativa busca expandirse al resto de la jurisdicción: “Queremos replicarlo en Caleta Olivia y en el interior vía Zoom, porque soy el único juez especializado de la provincia ya que en Caleta Olivia el juzgado penal juvenil está vacante hace muchos años”.
Realidad territorial
Finalmente, sobre los plazos y la realidad edilicia a nivel provincial y nacional, el juez concluyó con un balance crítico: “Esta ley fue aprobada hace 6 meses y se dio ese plazo para adoptar todas estas medidas y adecuar establecimientos en las grandes urbes como Córdoba, Buenos Aires o Rosario, donde se prevé que la cantidad de alojados se multiplique”.
“En estos 6 meses no pasó mucho porque la ley prevé un financiamiento que tampoco estuvo. Por suerte en Santa Cruz la población es menor y tenemos muchos menos chicos que delinquen”, relativizó el impacto local.
“En casi 7 años como juez he enviado al dispositivo a unos seis o siete jóvenes como mucho, y hace prácticamente 2 años que no tenemos jóvenes alojados”, repasó desde su experiencia.
“De todas formas, si pasa algo en Zona Norte, el juez de allá tiene que mandar al joven al dispositivo de Río Gallegos, con lo que eso implica al alejarlo de su núcleo familiar”, cerró.
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