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El Gobierno nacional, a través de la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía, emitió la Resolución 101/2025, mediante la cual se aprueba una nueva actualización del canon anual por pertenencia minera. Esta medida, firmada por Luis Lucero y publicada este 5 de diciembre en el Boletín Oficial, se enmarca en el esquema de actualización periódica fijado por las reformas al Código de Minería introducidas por la Ley 27.701 y reglamentadas por la Resolución 90/2023.

Marco legal y razones de la actualización

La norma parte de una base legal clave: el artículo 213 del Código de Minería, que faculta a los Estados propietarios de los recursos a conceder minas a particulares mediante el pago de un canon anual. De acuerdo con la modificación introducida por la Ley 27.701, ese monto debe ser actualizado tomando como referencia la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC.

La resolución cita que, según el Informe Técnico Vol. 9, N.º 274 del INDEC, el IPC nacional registró en octubre de 2025 un incremento mensual del 2,3% y un aumento interanual del 31,3%, valor que se convierte en el factor de ajuste para la actualización del canon.

Este mecanismo automático surgió como respuesta a la necesidad de mantener el valor real del canon, evitando su desactualización frente al proceso inflacionario. La Secretaría de Minería remarca que la Dirección de Asuntos Federales Mineros es el área técnica encargada de elaborar el informe de cálculo anual, función que también es reafirmada en la resolución.

Luis Lucero, secretario de Minería de Nación firmó la resolución que actualiza el canon minero.

Procedimiento de actualización: continuidad normativa

La Resolución 101/2025 se apoya explícitamente en la Resolución 90/2023, que estableció el procedimiento mediante el cual deben actualizarse los montos del canon anual por pertenencia minera. Este procedimiento indica que:

  • El cálculo debe basarse en el IPC acumulado de los últimos 12 meses previos a la emisión del informe técnico.

  • La actualización debe formalizarse mediante resolución de la Secretaría de Minería.

  • Los valores actualizados se publican para su entrada en vigencia el año siguiente.

Este protocolo aporta previsibilidad tanto al Estado como a los concesionarios, dado que establece un calendario y una fórmula de actualización claramente definidos y transparentes.

Nuevos valores del canon: detalle por categorías

La resolución define los montos finales resultantes del ajuste del 31,3%. A continuación, se presentan los valores vigentes para el próximo período anual:

Canon provincial (Artículo 31 del Código de Minería)

  • $224,09 por km²

Canon por sustancias de primera categoría (Artículo 215, inc. 1)

  • $17.740,09

Incluye recursos como minerales metalíferos, combustibles sólidos y sustancias asociadas.

Canon por sustancias de segunda categoría (Artículo 215, inc. 2)

  • $8.963,42

Corresponde a minerales no metalíferos y otros materiales de valor industrial.

Concesiones provisorias de exploración o cateo (Artículo 215, inc. 3)

  • $90.381,06

Se trata de uno de los rubros más sensibles, dado que el cateo constituye la etapa inicial de exploración y, por tanto, impacta en la incorporación de nuevas áreas al mapa de potencial productivo.

Concesiones de socavones (Artículo 221)

  • Canon general (arts. 128, 124, 129 y 135): $8.963,42
  • Canon específico por 100 metros de superficie (art. 135): $44.817,06

Estos valores aplican a infraestructuras subterráneas destinadas a la explotación minera.

Existe un creciente interés inversor tanto en la minería metalifera como en el litio.

Aplicación y vigencia

La resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, es decir a partir de este sábado.

  • Los nuevos valores serán aplicados al período anual subsiguiente, es decir que aplicará a partir de 2026, en línea con lo que establece el artículo 3° de la Resolución 90/2023.
  • La Secretaría de Minería deberá publicar los valores actualizados en su sitio web oficial para garantizar su difusión.

Impacto en las provincias

Las provincias, como titulares constitucionales de los recursos naturales, son beneficiarias directas del canon. El contar con un canon actualizado permite:

  • Mejorar la recaudación para actividades de fiscalización y control.
  • Financiar programas de desarrollo regional vinculados a la actividad minera.
  • Mantener la equivalencia del canon frente a la inflación, evitando pérdidas reales.

Además, la resolución reafirma el rol de la Dirección de Asuntos Federales Mineros como organismo que asiste a las provincias en la implementación de políticas públicas ligadas al sector.

En particular, Santa Cruz se verá particularmente beneficiada, atento a la cantidad de emprendimientos mineros existentes en su territorio

Perspectivas y contexto sectorial

La actualización del canon llega en un momento clave para la minería argentina, caracterizado por un crecimiento del interés inversor en minerales estratégicos como litio, cobre y oro.

Mayor necesidad de financiamiento para obras de infraestructura y control ambiental. La búsqueda del Estado nacional y de las provincias por mantener un equilibrio entre competitividad inversora y actualización de las obligaciones económicas del sector.

Si bien el canon representa una porción menor del costo total de operación, su actualización periódica contribuye a un marco regulatorio más estable y alineado con las condiciones macroeconómicas.

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