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La Cámara de Diputados de Santa Cruz aprobó este jueves, por unanimidad, la creación del Colegio Profesional de Enfermería de la provincia, una iniciativa largamente reclamada por trabajadores y profesionales del sector.
La nueva institución tendrá, una vez promulgada la ley por el Poder Ejecutivo Provincial, la responsabilidad de regular el ejercicio profesional, administrar y controlar la matrícula, fiscalizar la actividad de los colegiados y aplicar el régimen disciplinario previsto en la normativa.
El Colegio será una persona jurídica de derecho público no estatal, con autonomía funcional, institucional, administrativa y financiera. Tendrá domicilio real y legal en la ciudad de Puerto San Julián, aunque su jurisdicción comprenderá a todo el territorio de Santa Cruz.
Gobierno de la matrícula y control profesional
Uno de los puntos centrales de la ley aprobada establece que el Colegio tendrá a su cargo el gobierno y control de la matrícula profesional de enfermería en la provincia.
Podrán integrar la institución y ejercer profesionalmente quienes posean títulos habilitantes como licenciados, técnicos y enfermeros, expedidos por universidades o institutos oficialmente reconocidos.
La normativa también establece que el ejercicio de la enfermería estará reservado exclusivamente a quienes cuenten con título habilitante y matrícula vigente otorgada por el Colegio.
En ese sentido, se prohíbe el ejercicio profesional a quienes no posean matrícula habilitante. Además, las instituciones públicas o privadas que empleen a personas sin los requisitos correspondientes podrán ser consideradas responsables solidarias de las consecuencias derivadas del ejercicio ilegal de la profesión, sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieran corresponder.
Los auxiliares de enfermería quedarán sujetos al registro y a la supervisión técnica de la institución, aunque no participarán del gobierno de la matrícula profesional ni de los órganos de conducción.
Derechos, obligaciones y capacitación
La ley reconoce entre los derechos de los matriculados el ejercicio de la profesión con autonomía técnica y científica, el acceso a instancias de capacitación y actualización permanente y el patrocinio del Colegio ante situaciones en las que se vean afectados sus derechos profesionales.
También contempla el acceso a equipos y medidas adecuadas de bioseguridad y la posibilidad de denunciar su ausencia.
Entre las obligaciones, los profesionales deberán ejercer con competencia y diligencia, respetar los principios éticos de la profesión, mantener el secreto profesional y denunciar los casos de ejercicio ilegal de la enfermería de los que tomen conocimiento.
Además, deberán mantener actualizada su matrícula y someterse a los procedimientos disciplinarios previstos por la nueva institución.
Un Colegio con alcance en toda la provincia
Entre las funciones del Colegio Profesional de Enfermería se encuentran la elaboración de sus estatutos, la creación de un Código de Ética Profesional, el control de la matrícula y la fiscalización del ejercicio de la profesión.
También podrá llevar un Registro Provincial de Especialidades, promover la habilitación de delegaciones en distintas localidades del interior y actuar como organismo técnico-consultivo ante instituciones públicas y privadas en temas vinculados al cuidado y las políticas sanitarias.
La normativa incorpora, además, aspectos relacionados con los desafíos actuales de la profesión. Entre sus objetivos se encuentra promover la formación en teleenfermería, inteligencia artificial aplicada a la salud, historia clínica digital y análisis de datos sanitarios.
Asimismo, el Colegio podrá intervenir ante situaciones de violencia laboral e institucional contra los profesionales y promover instancias de formación, congresos, jornadas y sistemas de recertificación periódica.
Autoridades y participación de los matriculados
La conducción de la nueva institución estará integrada por una Asamblea, una Comisión Directiva, una Comisión Revisora de Cuentas, un Tribunal de Disciplina y una Junta Electoral.
La Comisión Directiva estará compuesta por presidente, vicepresidente, secretario, prosecretario, tesorero, protesorero, vocales titulares y suplentes.
Las autoridades serán elegidas mediante voto secreto, directo y personal de los matriculados habilitados, mientras que la normativa establece que deberá garantizarse la representación proporcional entre mayoría y minoría.
Por otra parte, el Tribunal de Disciplina tendrá la facultad de intervenir ante denuncias o situaciones que cuestionen el correcto desempeño de los profesionales.
Las sanciones podrán ir desde advertencias y amonestaciones hasta multas, suspensión en el ejercicio de la profesión por hasta 12 meses y, en los casos más graves, la cancelación de la matrícula y expulsión del Colegio.
Tareas declaradas insalubres
Uno de los capítulos de la ley declara como insalubres determinadas tareas de enfermería, entre ellas aquellas desarrolladas en unidades de terapia intensiva, servicios de emergencia, unidades neuropsiquiátricas y áreas con riesgo de enfermedades infectocontagiosas.
La declaración también alcanza a tareas vinculadas con radiaciones, atención de pacientes oncológicos, neonatología, hemodiálisis y servicios de cirugía de alta complejidad.
La normativa establece que esta declaración tendrá efectos para la aplicación de las normas laborales, previsionales y de salud ocupacional vigentes, incluyendo las disposiciones relacionadas con la jornada laboral reducida y los efectos previsionales correspondientes.
Además, el Colegio podrá solicitar ante la autoridad laboral provincial que se declare la insalubridad de otros lugares, tareas o ambientes de trabajo que no estén contemplados inicialmente en la ley.
Los próximos pasos
De acuerdo con las disposiciones transitorias aprobadas por la Legislatura, dentro de los 120 días de la promulgación de la ley deberá convocarse a una Asamblea Constitutiva, destinada a aprobar el estatuto y establecer la fecha y el lugar de la primera elección de autoridades.
El Poder Ejecutivo Provincial, por su parte, contará con un plazo de 180 días para reglamentar la norma.
Con la aprobación unánime de la iniciativa, la creación del Colegio Profesional de Enfermería representa un paso institucional para el sector en Santa Cruz, que contará con una entidad específica destinada al gobierno de la matrícula, la defensa de los derechos profesionales y la regulación del ejercicio de una actividad central dentro del sistema de salud provincial.
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