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La jueza Cecilia Carolina López ordenó este martes suspender por 30 días las designaciones de Sergio Acevedo y José Antonio González Nora como vocales del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz. La medida la dictó este miércoles en el marco de un amparo presentado por el diputado Eloy Echazú, que cuestiona la legalidad de la sesión extraordinaria del 25 de septiembre y de los decretos del gobernador Claudio Vidal provinciales que formalizaron los nombramientos.
La cautelar alcanza a las resoluciones de la Cámara de Diputados (234 y 235/25) y a los decretos del Poder Ejecutivo (858/25 y 859/25), ordenando que sus efectos queden en suspenso hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
En paralelo, la magistrada requirió a la Cámara de Diputados y al Poder Ejecutivo provincial que, en un plazo de dos días hábiles, informen sobre la exactitud de los hechos cuestionados y fundamenten las razones de su accionar, tal como dispone la Ley 1.117 de Amparo.
Según surge del fallo, López consideró que existían “circunstancias graves y objetivamente impostergables” que justificaban la protección urgente de los derechos en juego, al advertir que la aplicación de las resoluciones podría generar “perjuicios de imposible o difícil reparación ulterior”. Es decir, que si Acevedo y González Nora emitían fallos iba a ser imposible dar marcha atrás y en cambio, si no o hacían el Tribunal Superior de Justicia puede continuar funcionando como hasta la semana pasada.
Competencia de la jueza
Juristas que siguen de cerca el conflicto advirtieron que podrían existir cuestionamientos a la competencia de la jueza Cecilia López para dictar la medida cautelar. Esto es porque el artículo 2 de la nueva Ley 3947 de medidas cautelares permite a un juez intervenir aun sin competencia material sólo en casos excepcionales: cuando se trate de sectores socialmente vulnerables o estén en juego derechos esenciales como la vida digna, la salud o de naturaleza alimentaria o ambiental.
Según esta interpretación crítica, como el caso se refiere a designaciones en el Tribunal Superior de Justicia y no a esos casos más tangibles, la magistrada habría excedido el alcance previsto por la norma. No obstante, otros especialistas señalaron que que la Ley 1.117, de Amparo, habilita a cualquier juez de primera instancia a entender en estas acciones.
Cautelares: Bersanelli y Quintana
No es la primera vez que la Justicia interviene en este conflicto. Días antes, el juez civil Marcelo Bersanelli había dictado una medida cautelar que también suspendía el tratamiento de las ternas donde fueron elegidos Acevedo y González Nora, por una presentación judicial que ponía en tela de juicio la ampliación del TSJ, por parte del gremio de los trabajadores judiciales.
Posteriormente, esa resolución fue ratificada por la jueza de primera instancia Marcela Quintana, quien mantuvo vigente la cautelar. Con el fallo de López, se acumulan al menos tres decisiones judiciales que cuestionan la validez del proceso legislativo y del posterior decreto del Ejecutivo.
A pesar de esas órdenes, la sesión extraordinaria se realizó y, en menos de 24 horas, Acevedo y González Nora prestaron juramento ante el presidente del POder Judicial Daniel Mariani. Ese contraste entre las mandas judiciales y el accionar de los poderes políticos es el núcleo de la disputa.
La jura exprés y la interna del Tribunal
El presidente del TSJ, Daniel Mariani, fue quien tomó juramento a Acevedo y González Nora en un acto realizado a primera hora de la mañana del viernes, con presencia de autoridades provinciales. Lo hizo sobre la base de resoluciones “ad referéndum”, lo que generó rechazo de otros vocales que denunciaron una decisión inconsulta.
La fractura interna quedó plasmada en un escrito firmado por cuatro jueces del máximo tribunal —Alicia Mercau, Paula Ludueña, Reneé Fernández y Fernando Basanta— que se negaron a convalidar el procedimiento. Para ellos, la jura careció de validez formal porque fue realizada en abierta contradicción con las medidas judiciales vigentes.
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