En el acuerdo de ayer, la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó, por unanimidad, que la bonificación por zona austral creada por ley 19.485 para mejorar el haber jubilatorio de las personas que residen en el sur de Argentina debe ser pagada íntegramente sin que su monto pueda ser disminuido por los topes máximos que se aplican a las prestaciones previsionales.

Si bien la ANSES no realiza el cómputo desde 2017 de ese 40% por Zona Desfavorable, por otro fallo de la Corte, la novedad es que la que jubilada de Río Negro que hizo el juicio tiene derecho a reclamar la retroactividad.

Además, el fallo de ayer permitirá reclamar en las sentencias que ANSeS mantiene impagas o están mal pagadas la diferencia de retroactividad que pasa de 2 a 10 años.

Según la ANSES el haber jubilatorio máximo que paga es de $ 76.000.

Para así resolver, la Corte tuvo en cuenta que, con posterioridad a la interposición del recurso extraordinario, la ANSES dictó la circular 82/2017 en la que se indicó que la bonificación por zona austral tiene una naturaleza jurídica particular, diferente a la del haber previsional, que conlleva un distinto tratamiento en materia de deducciones, de manera que dicho suplemento debe sumarse -sin deducciones- una vez aplicado el tope máximo al haber jubilatorio.

Por lo tanto, a la fecha de la resolución de la causa, no existía controversia entre las partes respecto de la distinta naturaleza de la bonificación por zona austral.

En tal sentido, el Tribunal concluyó que la bonificación por zona austral es una compensación que se paga junto con la jubilación pero no puede ser calificada como un haber previsional, por lo que corresponde excluirla de las quitas o deducciones fijadas por la ley 24.463 en materia de topes jubilatorios.

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