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El juez de Instrucción de El Calafate, Carlos Albarracín, resolvió hacer lugar -parcialmente- al planteo formulado por la Dra. Stefanía Mc Donald en representación de familias que ocupan el hotel “La Aldea” en El Chaltén, y en consecuencia quedó suspendido el desalojo que pesaba sobre el inmueble, previsto para el 30 de abril, sin prórroga de ejecución.
La decisión judicial, que confirmó la Dra. Mc Donald a La Opinión Austral, introduce un cambio en el conflicto habitacional que involucra a más de un centenar de personas, aunque vale remarcar que la cuestión de fondo aún no se resolvió.
Según se desprende del expediente, la causa se originó a partir de una denuncia por usurpación impulsada por la parte querellante, vinculada a la titularidad del inmueble Los Sauces, propiedad de la familia Kirchner. En ese marco, la defensa de al menos 15 familias argumentó que la ocupación del hotel se produjo entre los años 2020 y 2021, en el contexto de la pandemia de COVID-19, por lo que el delito imputado ya habría superado ampliamente el plazo de prescripción de tres años.
En declaraciones consignadas oportunamente por La Opinión Austral, la Dra. Mc Donald sostuvo que “la acción penal de usurpación está extinta” y remarcó que “no se trata de avalar la ocupación, sino de que el conflicto debe resolverse en el plano civil”.
Contexto social
El caso presenta un fuerte componente social. De acuerdo a relevamientos realizados por trabajadores sociales de la Municipalidad de El Chaltén, en el lugar residen actualmente unas 105 personas, entre ellas alrededor de 30 niños, niñas y adolescentes, además de personas con discapacidad y pacientes con enfermedades oncológicas.
La letrada advirtió que avanzar con un desalojo sin una alternativa habitacional implicaría “dejar a más de cien personas en situación de calle de un día para otro”, en un contexto donde muchas de ellas presentan ingresos nulos o muy bajos.
Asimismo, se recordó que en instancias previas se había acordado extender un primer plazo de desalojo en audiencia, aunque con escasa participación de los ocupantes. En ese sentido, la defensa insistió en que la medida carecía de legitimidad ante el paso del tiempo y las condiciones en las que se produjo la ocupación.
La resolución del juez
De acuerdo a lo publicado por el medio Ahora Calafate, el juez Carlos Albarracín resolvió suspender la orden de desalojo hasta tanto se analice de fondo el planteo de prescripción de la acción penal. Según el escrito del magistrado, persiste en el pedido de desalojo pero no sin antes verificar la situación social de las familias involucradas y le da intervención al Estado para evitar mayor conflictividad. No obstante, se mantiene la decisión de desalojo (sin fecha) y e4l pedido de restitución del inmueble.
Según pudo saber La Opinión Austral, el fundamento para rechazar el planteo de proscripción es que el juez elije una de las dos doctrinas del derecho sobre el cómputo, es decir, cuándo comienza a correr la prescripción del delito. Lo que plantea el juez y la fiscal es que nunca comenzó a correr ese cómputo porque comienza recién cuando se restituye el inmueble. Sin embargo, para la defensa se para sobre la otra doctrina que dice que el cómputo es un delito instantáneo y comienza a correr el día del despojo (año 2020), por lo que si se toma de esa manera, los tres años ya transcurrieron.
Para la defensa de las familias que ocupan el hotel La Aldea, lo que reconoce la parte querellante es la fecha de ingreso, que es durante la pandemia, con lo que el cómputo de la prescripción estaría más que reconocido. Pero ahora lo que está en discusión, de acuerdo a las diferentes corrientes doctrinarias, es desde cuándo comienza a correr. En el caso de la defensa, creen que es un delito de consumación instantánea por lo cual al otro día del despojo comienza a correr el plazo.
Ante esto, la defensa voy a interponer un recurso de apelación ante Casación.
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