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El Gobierno ratificó la continuidad del bono para jubilados de hasta 70.000 pesos para julio 2026. La medida, instrumentada a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), define tanto los grupos de beneficiarios incluidos como aquellos sectores que quedarán excluidos del cobro de este adicional.

En julio, los jubilados percibirán un incremento del 2,15 % a partir de las actualizaciones mensuales que toman como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

Con la aplicación del aumento, el haber mínimo garantizado alcanzó los 411.989,33 pesos durante el séptimo mes del año. Al añadirse el subsidio extraordinario de 70.000 pesos, los beneficiarios de este escalafón percibirán una suma total de 481.989,33 pesos.

La distribución de los montos correspondientes al bono extraordinario se ejecuta en forma escalonada en base a los ingresos de cada beneficiario. Quienes registren la percepción de un haber mínimo previsional acceden de forma directa a la totalidad de los 70.000 pesos estipulados por decreto presidencial.

Para aquellos beneficiarios cuyos ingresos mensuales ordinarios superen el piso de la jubilación mínima, se aplica un mecanismo de compensación proporcional. En estos casos, Anses efectúa la liquidación de un monto variable para equiparar los haberes con el límite de corte de 481.787 pesos.

Por el contrario, los jubilados que registren ingresos por encima del límite establecido de 481.989 pesos quedan excluidos de percibir el beneficio complementario.

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Jubilados de ANSES: Calendario de pagos julio 2026

Los jubilados que perciben el haber mínimo se ajustarán a los siguientes días de cobro:

  • DNI terminados en 0 y 1: 8 de julio
  • DNI terminados en 2: 13 de julio
  • DNI terminados en 3: 14 de julio
  • DNI terminados en 4: 15 de julio
  • DNI terminados en 5: 16 de julio
  • DNI terminados en 6: 17 de julio
  • DNI terminados en 7: 20 de julio
  • DNI terminados en 8: 21 de julio
  • DNI terminados en 9: 22 de julio

Por su parte, los titulares cuyos haberes sean superiores al haber mínimo tendrán asignadas las fechas detalladas a continuación:

  • DNI terminados en 0 y 1: 23 de julio
  • DNI terminados en 2 y 3: 24 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: 27 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: 28 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 29 de julio

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