Your browser doesn’t support HTML5 audio
Desde las 0 horas de este sábado comenzó a regir en la Argentina el nuevo Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil, establecido por la Ley 27.801, que modifica el alcance de la responsabilidad penal para los adolescentes. A partir de ahora, los jóvenes de 14 y 15 años podrán ser imputados cuando sean acusados de cometer un delito.
La nueva normativa fue sancionada por el Senado en febrero y estableció que entraría en vigencia 180 días después de su promulgación. El cambio implica una modificación sustancial respecto del régimen anterior, que establecía la edad de imputabilidad penal a partir de los 16 años.
El nuevo régimen alcanza a las personas adolescentes desde los 14 años hasta el día en que cumplen 18, cuando sean imputadas por un hecho tipificado como delito en el Código Penal o en las leyes penales especiales.
La puesta en marcha de la nueva ley genera preocupación entre fiscales, jueces y funcionarios que trabajan en el fuero penal juvenil, especialmente por el impacto que podría tener sobre la cantidad de expedientes.
Según proyecciones realizadas en la provincia de Buenos Aires por la Comisión del Fuero de Responsabilidad Juvenil del Colegio de Magistrados y Funcionarios bonaerenses, el nuevo régimen podría generar un incremento de entre el 40% y el 60% de las causas penales juveniles.
En ámbitos judiciales nacionales, en tanto, algunos funcionarios estiman que el aumento podría alcanzar hasta el 80%, aunque se trata de una proyección y no de una cifra confirmada.
La principal advertencia apunta a que ese eventual incremento deberá ser absorbido, al menos inicialmente, por estructuras judiciales y recursos que fueron diseñados para atender un universo menor de casos.
“Se van a seguir causas que ahora no. Hasta este viernes, si un menor cometía un hecho tenía derecho a ser oído; ahora se lo imputa, se lo indaga y sigue un proceso penal hasta un juicio”, explicó un funcionario de un juzgado de menores bonaerense.
Qué cambia con la nueva ley penal juvenil
Uno de los principales cambios es que los adolescentes de 14 y 15 años dejan de ser considerados inimputables frente a determinados hechos y pasan a quedar alcanzados por un procedimiento penal juvenil.
Esto implica que, ante delitos de gravedad, puede iniciarse una investigación judicial que incluya declaraciones, pericias sobre teléfonos celulares, análisis de armas, informes médicos, levantamiento de huellas y otras medidas propias de una investigación penal.
En los casos en los que corresponda una detención, además, deberá intervenir el juez de Garantías.
La diferencia, según explicaron desde el fuero especializado, es significativa: mientras antes podían adoptarse medidas de protección o seguridad frente a determinados hechos cometidos por menores inimputables, ahora existe la posibilidad de iniciar formalmente un proceso penal.
Qué delitos cometen con mayor frecuencia los menores
Los datos disponibles muestran que los delitos contra la propiedad concentran la mayor parte de las investigaciones que involucran a adolescentes.
Durante 2025, la Justicia nacional investigó 2.005 hechos, de los cuales aproximadamente el 81% correspondió a delitos contra la propiedad, principalmente robos.
En ese mismo período se registraron también investigaciones por delitos sexuales y hechos contra las personas. Entre estos últimos se contabilizaron homicidios en los que fueron investigados 10 menores.
En la provincia de Buenos Aires, de acuerdo con datos de la Procuración bonaerense, durante 2025 se iniciaron 1.857 procesos penales juveniles, con 1.828 menores imputados.
Por su parte, la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación registró 1.753 causas penales contra menores durante 2025. De ese universo, 802 correspondieron a niños, niñas y adolescentes de hasta 15 años inclusive, es decir, personas que bajo el régimen anterior se encontraban dentro de la franja de inimputabilidad.
La nueva escala de penas para adolescentes
La normativa establece un régimen específico para los adolescentes y contempla distintas respuestas según la gravedad del delito.
Para determinados delitos con penas de hasta tres años y para hechos con penas de entre tres y diez años que no involucren muerte o lesiones graves, se prevén medidas como prisión domiciliaria, tareas comunitarias, restricciones para conducir y reparaciones económicas, entre otras alternativas.
En los delitos más graves, la pena máxima de prisión para adolescentes se reduce de 20 a 15 años. El régimen contempla esta posibilidad para hechos como homicidios, robos violentos, abusos sexuales o secuestros, de acuerdo con las condiciones establecidas por la normativa.
La ley también incorpora la creación de establecimientos especializados y establece que deberán contar con personal capacitado en infancia y adolescencia.
Otro de los puntos centrales del nuevo régimen es la creación y adecuación de establecimientos destinados específicamente a adolescentes en conflicto con la ley penal.
La norma contempla programas educativos, laborales y recreativos con el objetivo de favorecer la reinserción social de los jóvenes.
Sin embargo, desde la Justicia advierten que la infraestructura existente podría no ser suficiente para atender un eventual aumento significativo de adolescentes detenidos o sometidos a medidas restrictivas de libertad.
“El sistema no está preparado para el incremento de los delitos y la baja de la edad de inimputabilidad”, sostuvo un juez de un tribunal nacional de menores consultado sobre la implementación.
Los establecimientos de detención son responsabilidad de las provincias, que tienen a su cargo su creación y administración.
Educación, trabajo y prevención: el otro debate
Más allá del cambio en la edad de imputabilidad, funcionarios judiciales plantearon que la discusión sobre la delincuencia juvenil excede al sistema penal.
Uno de los jueces consultados señaló que ni el sistema policial ni el educativo están completamente preparados para abordar las situaciones de conflictividad que atraviesan a adolescentes de 14, 15 y 16 años.
En ese sentido, destacó la importancia de los mecanismos de prevención y contención vinculados con las escuelas, clubes, centros comunitarios, familias y otras instituciones sociales.
La crítica apunta a que el sistema penal interviene una vez que el delito ya ocurrió y, por sí solo, no puede reemplazar las políticas de educación, inclusión, trabajo y acompañamiento social.
Antes de la entrada en vigencia de la nueva ley, los adolescentes que se encontraban por debajo de la edad de imputabilidad podían quedar sujetos a medidas de seguridad restrictivas de la libertad ante determinados hechos. Según funcionarios del fuero de menores, esas medidas podían implicar el alojamiento en establecimientos especializados por un período máximo determinado, con el objetivo de proteger al adolescente y trabajar sobre su situación.
Durante la internación, los jóvenes debían continuar sus estudios, acceder a capacitación laboral, recibir atención de salud y trabajar sobre sus vínculos familiares, con el objetivo de favorecer su resocialización.
El nuevo régimen modifica ese esquema al permitir que los adolescentes alcanzados por la ley sean formalmente imputados y sometidos a un proceso penal juvenil.
Las cifras que deja el sistema antes del cambio
En la Ciudad de Buenos Aires, el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes registró durante 2025 el ingreso de 1.154 menores punibles y 994 no punibles.
Hasta el 1° de agosto de 2026, los registros contabilizaban 749 menores punibles y 588 no punibles.
Estos datos permiten dimensionar el universo de adolescentes que ya atravesaba intervenciones vinculadas con el sistema de responsabilidad penal y el grupo que, con el nuevo régimen, queda alcanzado por la posibilidad de imputación desde los 14 años.
La entrada en vigencia de la nueva ley penal juvenil abre una nueva etapa para el sistema judicial argentino. El principal interrogante estará en determinar si las estructuras existentes podrán responder al eventual incremento de expedientes y a las nuevas obligaciones que establece el régimen.
Leé más notas de La Opinión Austral
Compartir esta noticia

