A horas de iniciar el plan DetectAr con test rápidos de COVID, ya rige la nueva batería de restricciones que se mantendrá hasta el 15 de octubre y que, entre varios ítems, determinó que únicamente se podrá circular por las calles de la ciudad entre las 7 y las 2 de lunes a sábado.

 

 

El decreto 908/2020 también incluye a Rada Tilly, Sarmiento, Puerto Madryn y Gaiman y en él se estableció que las personas con DNI impar sólo podrán circular los días impares al tiempo que los habitantes que cuenten con documento finalizado en número par podrán hacerlo los días pares.

 

 

De todas las medidas quedarán exceptuados los trabajadores esenciales o cuenten con autorización para desplazarse hacia su lugar de trabajo. Lo mismo sucederá con quienes circulen con una urgencia justificada.

 

 

Desde el 1 de octubre, sólo podrán circular dos personas por auto.

 

Los comercios podrán abrir de lunes a sábados hasta las 21, con excepción de farmacias, veterinarias y estaciones de servicio que al igual que los comercios de alimentos no elaborados y supermercado podrán hacerlo de lunes a domingos.

 

 

Por su parte, los rubros gastronómicos y la venta de productos alimenticios elaborados podrán trabajar de lunes a sábados hasta las 23, únicamente bajo el sistema take away y delivery.

 

 

Bares y gimnasios no podrán abrir sus puertas. Misma suerte correrán las actividades en cervecerías, clubes sociales y piletas. Además, prohibieron las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se desarrollen en espacios cerrados o abiertos que impliquen reuniones de personas. Sólo se podrá hacer ejercicio al aire libre de manera individual. 

 

 

“No podrán acceder ni permanecer en espacios recreativos de ninguna índole aunque sean al aire libre, donde existan juegos o asientos que favorezcan el agrupamiento social, ni a instalaciones deportivas”, reza el decreto en referencia a las salidas de esperacimiento.

 

 

“En ningún caso, se podrán formar aglomeración o reuniones de personas, los niños deberán mantenerse alejados de otros menores para respetar la máxima de distanciamiento social. Siempre se deberá dar cumplimiento a las restricciones y reglas de conducta generales previstas en las normas vigentes, y toda aquella que determine la autoridad sanitaria en protección de la salud de las personas”.

 

 

Estará prohibido el traslado de ciudad para esparcimiento y los padres de menores serán responsables por el cumplimiento de la normativa.

 

 

En el caso de los mayores de 60 y personas con factores de riesgo, los supermercados deberán habilitar una franja horaria de atención exclusiva de 8 a 9.30.

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