26.618 es el número de la ley que se sancionó en Argentina el 15 de julio del año 2010, denominada Ley de Matrimonio Igualitario, la cual avala la unión entre personas del mismo género e implicó una modificación del Código Civil.

33 es el número de matrimonios igualitarios que se realizaron en Río Gallegos durante los últimos 11 años.

Aunque parece un número bajo para la ciudad que ofició la primera ceremonia de casamiento entre dos mujeres, hay que tener en cuenta que no es un lugar tan poblado como las ciudades más grandes e importantes del país.

El año pasado, el primero de la pandemia, donde se tuvieron que suspender estas prácticas por las limitaciones sanitarias del COVID-19, en la provincia de Santa Cruz se llevaron a cabo alrededor de 430 matrimonios, según pudo confirmar La Opinión Austral mediante la palabra de Ariel Pincheira, el director del Registro Civil de Río Gallegos. De esos 430 sólo uno fue igualitario.

Entre las localidades de la provincia, la mayoría de los casamientos igualitarios se realizaron en la capital provincial y en Caleta Olivia. Pincheira explicó que hay mucha diferencia con otras localidades porque estas dos “se destacan por tener muchísima más concurrencia, y se solicitan bastantes más trámites de todo tipo”.

“El matrimonio es un nivel más y quizás la pareja no tenga la necesidad de hacerlo o no le interese. Pero significa un gran paso hacia la igualdad poder contar con ese derecho y llevarlo a cabo en caso de que se desee”, sentenció el director respecto al número bajo de casamientos igualitarios de la ciudad.

 

 

Si bien se lleva un registro de la cantidad de matrimonios igualitarios, esto no quiere decir que haya otras parejas que hayan incurrido en una Unión Civil. El director del Registro relató que en el último tiempo, sobre todo después de la modificación del Código Civil en el año 2015 , donde se les otorgó a los convivientes los mismos derechos que a los matrimonios, aumentó mucho la demanda de este tipo de trámites.

Las uniones civiles, a diferencia de los matrimonios, no requieren de un lazo amoroso, tampoco requieren de la ceremonia con testigos y todo lo que conlleva una boda, es simplemente un trámite que consta de una declaración jurada que firman dos personas de que conviven hace mucho tiempo.

Un acuerdo que otorga los mismos derechos que tienen las parejas casadas y ampara las adquisiciones que se han realizado en conjunto durante el tiempo convivido.

La diferencia es que, al no importar el género, como en el caso de los matrimonios a partir del 2010, y tampoco tener en cuenta el tipo de relación entre ambas personas, no se puede identificar como una unión de pareja con un lazo sentimental.

Cambio de género

El 9 de mayo de 2012 se sancionó la Ley de Identidad de Género en nuestro país, bajo el N° 26.743.

A partir de ese momento, cualquier persona que no se sienta identificada con el sexo con el que nació, tiene el derecho de cambiar su identidad como lo sienta apropiado y ser reconocido en base a ello.

Desde el Registro Civil capitalino aseguraron no contar con el dato preciso de cuántas personas han realizado el cambio de identidad en el DNI, pero sí confirmaron que desde el 2012 han tenido muchas solicitudes y, en lo que va de este año, ya tuvieron 2 casos.

Pincheira detalló que la persona que quiera llevar a cabo este procedimiento debe acercarse al edificio del Registro Civil, solicitar el trámite correspondiente y desde allí se le solicita toda la documentación pertinente al caso.

 

 

Hay que llenar una declaración jurada, seguida de unos formularios internos que otorga el Registro Civil. Es fundamental contar con el acta de nacimiento. “No es para nada engorroso, no lleva tiempo y en una semana, o dos a más tardar, ya puede tener todo resuelto”, concluyó el director del área.

Es un derecho adquirido por la comunidad LGBTIQ al que pueden acceder mediante un simple trámite que les permite cambiar su vida para siempre.

 

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