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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la ciudad de Río Gallegos resolvió el caso de D. Nuñez y O. Nuñez, dos hermanos de Río Turbio, procesados por la tenencia de estupefacientes. El tribunal, encabezado por el juez Enrique Nicolás Baronetto, emitió una sentencia que no solo condenó a los imputados, sino que también les concedió la libertad ambulatoria.

Los hechos que llevaron a la condena se produjeron el 28 de junio de 2024, cuando se realizó un allanamiento en la vivienda de los Nuñez, ubicada en la calle Juan José Paso N° 141 de Río Turbio. En el domicilio, se encontraron 37.97 gramos de clorhidrato de cocaína, que fueron incautados por las fuerzas de seguridad. La pericia química realizada por la Gendarmería Nacional ratificó la naturaleza de la sustancia, confirmando que se trataba de cocaína.

En cuanto a los dispositivos móviles de los imputados, si bien se encontraron algunos mensajes con contenido sospechoso, estos no fueron suficientes para demostrar un vínculo claro con el narcotráfico.

El juicio se desarrolló en el marco de un acuerdo de juicio abreviado, una modalidad que permite a las partes resolver el caso de forma más ágil, siempre que haya consenso sobre la pena. En este contexto, la fiscal general ad-hoc, Patricia Ramallo, y la defensora oficial, Leticia Diez, presentaron una solicitud conjunta ante el Tribunal, que consistía en una condena de dos años y tres meses de prisión en suspenso, es decir, sin prisión efectiva, por el delito de tenencia simple de estupefacientes.

Además, los acusados deberán cumplir con ciertas normas de conducta, como la obligación de fijar domicilio, realizar presentaciones mensuales ante Gendarmería Nacional, abstenerse de consumir estupefacientes o alcohol de manera ostensible.

La solicitud también incluyó la inmediata liberación de los imputados, ya que la pena no supera los tres años de prisión, lo que habilita la posibilidad de otorgarles la libertad ambulatoria. El Tribunal, tras deliberar, resolvió declarar admisible el acuerdo de juicio abreviado y dictó la condena en los términos solicitados por las partes. La sentencia incluyó las disposiciones antes mencionadas y ambos imputados fueron condenados a dos años y tres meses de prisión en suspenso, como autores responsables del delito de tenencia simple de estupefacientes.

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