Por imperio de la ley 3.117, las operadoras que prorrogaron las aéreas -a excepción de YPF- deben pagar una regalía extraordinaria, cuando el precio del barril de crudo superara los 70 dólares. Ayer, eso sucedió. Si el alza se mantiene, por primera vez en la historia, Santa Cruz cobrará este beneficio.

Por Irene Stur

En un escenario de tensiones mundiales, el crudo de Brent cerró ayer a USD 77,37 el barril, lo que implica que el crudo Cañadón Seco, para Santa Cruz, cerró con una cotización de USD 70,37. Esto habilitaría, por primera vez a la provincia, a reclamar el pago por renta extraordinaria, de un canon del 20% del monto que esté por  encima del precio de referencia fijado.

Cabe recordar, que previendo el vencimiento de las concesiones hidrocarburíferas adjudicadas en su momento por Nación, se sancionó el 11 de marzo de 2010, la ley 3.117 dando el marco regulatorio para otorgar la prórroga de dichas concesiones a las distintas operadoras.

En esa norma, en artículo 6, inciso d. los legisladores determinaron el “canon mensual por renta extraordinaria”.

El mismo establece la “obligación” de las concesionarias de abonar este canon mensual “adicional”, cuando el precio computable del crudo y/o el gas natural, alcancen un monto determinado llamado “valor de referencia”. Ese canon quedó fijado en un 20% del monto resultante de descontar el valor de referencia, porcentaje que el Poder Ejecutivo Provincial puede subir hasta en un 15% más, de acuerdo a las circunstancias.

Cabe indicar que el propio artículo señala, que el canon extraordinario, que se perciba, se deberá coparticipar con los Municipios de la misma manera en que se lo hace con las regalías.

En los distintos acuerdos de prórrogas que fueron firmados con posterioridad a la sanción de la ley (el primero fue el de Sinopec y el último con CGC) se fijó el precio de referencia en 70 dólares.

También se establece que para que la cláusula de renta extraordinaria se dispare el precio, debe mantenerse en esos niveles un promedio de tres meses.

Un proceso

Ayer por primera vez, el crudo tocó el precio de referencia neto para Santa Cruz. De esta forma comienza a correr el plazo por el cual, si el valor del crudo  se afianza en los niveles actuales, Santa Cruz podrá comenzar a exigir ese 20% extra.

No será inmediato y por el momento, tampoco se observan que vayan a ser ingresos cuantiosos (si el valor de cierre se mantuviera estable por el período, se estaría hablando de un pago de casi 8 centavos de dólar por barril.

Tampoco sería cuantioso, toda vez que la principal operadora de Santa Cruz, fue exceptuada del cumplimiento de este artículo del marco regulatorio.

Cuando en 2012 se firmó la prórroga, se adujo que como Santa Cruz es “accionaria” de YPF se dispuso un “apartamiento” en algunos puntos del marco regulatorio para “facilitar” la producción de la empresa.

Así una de las excepciones fue, justamente el canon por renta extraordinaria. Otro fue la forma de calcular el canon de prórroga, valor que la petrolera nacional pagó al 50%, ya que el resto se compensaría “con el traspaso del paquete accionario que le corresponde a Santa Cruz a su nombre”, algo que hasta la fecha se desconoce si sucedió.

¿Garantía en la crisis?

Cabe recordar que Santa Cruz posee el 5,1% del total de las acciones de YPF, merced al Acuerdo Federal de Hidrocarburos, firmado el 9 de agosto de 2012, por el cual las provincias se quedaron con el 49% del 51% expropiado por la Nación a Repsol.

Por esa razón, la provincia tiene un lugar en la mesa de directorio de la petrolera nacional, que hoy ocupa el actual ministro de Economía, Ignacio Perincioli.

Al momento de la privatización, también se determinó que, si bien las provincias tenían ese paquete accionario, el manejo del mismo lo tendría la Nación hasta tanto se acordase con cada una de las jurisdicciones, la metodología de pago de las acciones.

En aquel noviembre de 2012, cuando se cerraba el acuerdo de prórroga, el entonces ministro Julio de Vido y el gobernador Daniel Peralta, firmaban otro acuerdo, donde se determinaban los mecanismos por los que el Estado nacional cederá a Santa Cruz el porcentaje de las acciones de la compañía que le corresponden a la provincia.

A partir de entonces, Santa Cruz no sólo debería haber tenido autonomía de sus acciones (aunque sigue rigiendo el acuerdo de manejo mancomunado) sino también comenzar a percibir los dividendos por las mismas.

Ayer, la acción de YPF subió un 5,24% cotizando a $454,75.

La petrolera es la empresa argentina con mayor valor de mercado a nivel local, al cerrar el primer trimestre, registró este año un incremento de 34% respecto a 2017 hasta los US$ 1.535 millones, según el ranking BrandZ Top 50 de las marcas más valiosas de Latinoamérica, elaborado por las consultoras WPP y Kantar Millward Brown.

En Argentina, en lo que va de 2018, el valor total de las marcas creció a USD 5.028 millones, 45% más respecto al año anterior, cuando fue de US$ 3.473 millones.

Esto llevaría a que el paquete accionario le implicaría a Santa Cruz, un capital de unos USD 250 millones (al momento del acuerdo de cesión, equivalían a  USD 105 millones) que si bien no lo puede vender (la ley de expropiación se lo impide) una vez traspasadas, quizás podrían ser utilizadas, por ejemplo, como garantía para una futura colocación de deuda.

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