El Fondo de Desempleo para empleadas domésticas que había sido anunciado por el presidente Alberto Fernández el pasado mes de febrero, finalmente se hizo efectivo el pasado lunes 29 de mayo, en el Ministerio de Trabajo de la Nación. A su vez, se anunció que ya los turnos para la moratoria ya se encuentran abiertos.
La medida se oficializó el lunes a las 11:30hs, a través de un acto de lanzamiento, representando una nueva contención para aquellas trabajadoras de casas particulares que sean despedidas sin causa o a través del “despido indirecto”.
En el decreto presidencial firmado el 23 de febrero pasado, se contempla, para las empleadas domésticas, el derecho al Seguro por Desempleo, a través de la modificación de las Leyes 24.013, 25.239 y 26.844, estableciendo su vinculación al Fondo Nacional de Empleo.
Se trata de una prestación que subsidiará a las trabajadoras despedidas por dos meses, es decir, que seguirán cobrando durante ese período de tiempo.
Durante ese tiempo, además, el Gobierno garantizará por medio de este decreto que sigan percibiendo la Asignación Universal por Hijo (AUH) para la Protección Social y/o de la Asignación por Embarazo, así como de la Tarjeta Alimentar.
El requisito para acceder a este Fondo de Desempleo es que la trabajadora debe estar “en blanco”, es decir, tener un empleo formal y registrado por parte del empleador.
Aumento de sueldo para empleadas domésticas
A partir del mes de junio, los trabajadores de casas particulares percibirán un incremento salarial, correspondiente al tercer tramo acordado en el ajuste paritario.
El mismo fue anunciado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, realizándose sobre el sueldo de marzo y aplicándose en tres etapas: un 14% en abril, un 7% en mayo y un 6% correspondiente a junio.
La suba corresponde a aquellos que prestan servicios en tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas.
De acuerdo al Ministerio de Trabajo, a las personas que llevan a cabo tareas generales en casas particulares les corresponden los siguientes montos:
- Por hora con retiro: $776.
- Por hora sin retiro: $837.
Por lo tanto, la suma mensual correspondiente al trabajo de mayo, percibida en junio quedará en:
- Mensual con retiro: $90.840,22.
- Mensual sin retiro: $101.013,68.
Dichos valores corresponden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá, a su vez, abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Adicional del 30% por zona desfavorable
En caso de corresponder, a los valores de cada mes se debe anexar el concepto de adicional por zona desfavorable, que corresponde al 30% del salario.
La misma aplica a las siguientes provincias y localidades:
- La Pampa.
- Río Negro.
- Chubut.
- Neuquén.
- Santa Cruz.
- Tierra del Fuego.
- Antártida e Islas del Atlántico Sur.
- Partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.
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