La polémica por el proyecto turístico previsto en la Península de Magallanes tendrá un nuevo capítulo esta semana, luego del pedido de informes aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados de Santa Cruz. El Ejecutivo provincial prepara la documentación para que los legisladores puedan revisar el expediente antes de una eventual convocatoria al presidente del Consejo Agrario Provincial (CAP), Hugo Garay, tal como lo adelantó en exclusiva por radio LU12 AM680 de Río Gallegos.
La respuesta oficial busca reconstruir la cronología del proyecto y separar distintos aspectos que quedaron concentrados en la discusión pública: la propiedad de las tierras, la creación y regulación del área protegida, el Plan de Gestión, los antecedentes judiciales, el inicio del expediente turístico, la evaluación ambiental y la excepción otorgada en 2026 por el gobernador Claudio Vidal, que disparó las críticas de la oposición kirchnerista.
El Gobierno sostiene que la operación autorizada mediante el Decreto 915/2026 no implica una venta de tierras fiscales por parte de la Provincia. La norma, publicada en el Boletín Oficial, establece una excepción “por única vez y con carácter estrictamente excepcional” a la restricción prevista por el Decreto 994/17 para la transferencia del inmueble de Lacustre del Sud S.A. a ASB Hospitality Calafate SAU, con destino al proyecto denominado “Master Plan Ecocentro”.
Península de Magallanes: los antecedentes de la gestión de Alicia Kirchner
Uno de los principales argumentos que expone actualmente el Ejecutivo provincial es que la discusión no comenzó con la llegada de Claudio Vidal al Gobierno.
El primer antecedente que señalan está relacionado con la situación dominial. De acuerdo con la información aportada por el Consejo Agrario Provincial, al que accedió La Opinión Austral, los inmuebles involucrados se encuentran en manos privadas desde hace más de seis décadas y los títulos fueron transferidos durante la década de 1960.
Por ese motivo, el Ejecutivo diferencia entre propiedad privada de las tierras y competencia provincial sobre el área protegida. La Provincia sostiene que, aunque los inmuebles tengan propietarios privados, se encuentran dentro de un Área Natural Protegida y, por lo tanto, cualquier proyecto está sujeto a restricciones ambientales, controles y autorizaciones de los organismos competentes.
Ese punto resulta central para comprender la explicación oficial: la titularidad privada de un inmueble no elimina las obligaciones derivadas de su ubicación dentro de un área protegida.
Creación de la Reserva Provincial Península de Magallanes
La cronología se remonta a 1993, cuando la Ley Provincial 2316 creó la Reserva Provincial Península de Magallanes. Posteriormente, distintas normas modificaron y ampliaron el régimen de protección hasta conformar el actual esquema de Área Natural Protegida.

La documentación oficial de la Provincia identifica a la Ley 2316, sancionada el 10 de junio de 1993, como la norma de creación de la reserva.
El régimen estableció la necesidad de contar con un instrumento que determinara los usos y las condiciones para las actividades dentro del área. Durante años, la ausencia de un Plan de Manejo Definitivo generó conflictos entre la protección ambiental y los derechos de los propietarios de inmuebles ubicados dentro de la Península.
Ese conflicto llegó también al ámbito judicial.
Corte Suprema de Justicia
La discusión sobre las restricciones a los propietarios de la Península de Magallanes tampoco es reciente. En distintos procesos judiciales, empresas propietarias de inmuebles cuestionaron las limitaciones impuestas por la Provincia para desarrollar actividades económicas mientras no existiera un Plan de Manejo.
En noviembre de 2021, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en la causa “Coihue S.R.L. c/ Santa Cruz, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad y daños y perjuicios”. El fallo analizó las restricciones que durante años habían afectado el uso y desarrollo de propiedades privadas dentro del área protegida.
El antecedente resulta relevante para la cronología que ahora presenta el Gobierno, porque muestra que la discusión sobre las tierras privadas, las restricciones ambientales y la falta de un instrumento de planificación definitivo precede ampliamente a la actual gestión.
Alicia Kirchner aprobó el Plan de Gestión
El antecedente que el Gobierno de Claudio Vidal considera central es el Decreto 303/22, firmado el 16 de marzo de 2022 por la entonces gobernadora Alicia Kirchner. La norma aprobó formalmente el Plan de Gestión del Área Natural Protegida Península de Magallanes.
El propio decreto establece que el Plan debía determinar las actividades que podían desarrollarse dentro del área y fija que las concesiones, habilitaciones y permisos quedarían supeditados a la aprobación de la autoridad de aplicación y a las disposiciones del Plan de Gestión.
El documento oficial también señala que el proceso fue elaborado por un equipo interinstitucional e interdisciplinario integrado por áreas del Consejo Agrario Provincial, la Dirección de Áreas Protegidas, Ambiente, Turismo y otros organismos.
Por eso, uno de los argumentos que ahora expone el Ejecutivo es que el marco de gestión ambiental utilizado para evaluar el proyecto actual fue aprobado durante la administración de Alicia Kirchner.
2017: la restricción a la compra por extranjeros
Otro antecedente relevante se produjo en 2017.
En el marco de la normativa sobre tierras rurales, Santa Cruz dictó el Decreto Provincial 994/17 durante la gestión anterior.
La norma estableció límites y restricciones para operaciones vinculadas con propietarios extranjeros y fijó condiciones especiales para inmuebles ubicados dentro de áreas naturales protegidas, reservas y parques provinciales.
Esa restricción es justamente uno de los antecedentes jurídicos que obligaron al actual Gobierno a dictar una excepción específica para que pudiera concretarse la operación analizada en 2026.
Es decir, el Decreto 915/26 no surgió aislado: se dictó sobre un marco normativo que ya existía desde 2017.
En 2023 el expediente ya estaba iniciado
La segunda línea argumental del Gobierno de Claudio Vidal es que apunta directamente al expediente del proyecto turístico. El Decreto 915/2026 identifica el trámite como Expediente CAP N.º 495.894/23. Es decir, la propia norma que formalizó la excepción en 2026 remite a un expediente cuyo número corresponde a 2023.
En ese marco comenzó a tramitarse el proyecto denominado “Master Plan Ecocentro”, presentado originalmente por Lacustre del Sud. Por eso, el Ejecutivo provincial sostiene que no se trata de un emprendimiento que haya sido iniciado desde cero por la administración de Claudio Vidal.
La explicación oficial es que la actual gestión recibió un expediente que ya se encontraba en trámite desde el gobierno de Alicia Kirchner y que posteriormente fue sometido a evaluaciones y adecuaciones conforme al Plan de Gestión vigente.
“El primer proyecto que nos presentaron era muy ambicioso”
El presidente del Consejo Agrario Provincial, Hugo Garay, puso el foco en la evolución que tuvo la propuesta.
“El primer proyecto que nos presentaron era muy ambicioso y no se adecuaba al plan de manejo, entonces planteamos que se hiciera otro”, explicó en declaraciones a radio LU12 AM680 de Río Gallegos. La afirmación apunta a marcar una diferencia entre el proyecto presentado inicialmente y la propuesta que finalmente quedó bajo análisis.
Según la explicación del CAP, el organismo no tomó el primer diseño y lo autorizó directamente, sino que planteó modificaciones para adecuarlo al Plan de Gestión aprobado en 2022. Ese proceso derivó en un proyecto de menor escala respecto de la propuesta original, de acuerdo con la información brindada por Garay.
Cómo es el proyecto turístico: 24 cabañas y 60 camas
Según los datos aportados por el presidente del Consejo Agrario, la iniciativa actualmente prevista se concentra sobre un predio privado de aproximadamente 20 hectáreas. Dentro de esa superficie, la infraestructura ocuparía aproximadamente cuatro hectáreas. El desarrollo contempla 24 cabañas, con un máximo de 60 camas, además de espacios comunes y senderos peatonales.
La dimensión adquiere otra escala cuando se la compara con la superficie total del Área Natural Protegida Península de Magallanes, estimada por el Gobierno en aproximadamente 38.900 hectáreas.
Garay también indicó que el sector donde se proyecta la infraestructura no posee acceso directo a espejos ni cursos de agua.
El estudio de impacto ambiental y la intervención de los organismos provinciales
La cuestión ambiental constituye otro de los ejes de la explicación oficial a la que accedió La Opinión Austral. Garay sostuvo que el estudio de impacto ambiental fue presentado en 2023 y que posteriormente se desarrolló el circuito administrativo ante los organismos competentes.
El Decreto 915/26 establece que el proyecto ya cuenta con Declaración de Impacto Ambiental aprobada, pero también deja expresamente asentado que su habilitación, ejecución, puesta en marcha y funcionamiento quedan sujetos al cumplimiento de la normativa ambiental, territorial y de conservación vigente.
La norma menciona específicamente las leyes provinciales 3466 y 2658 y establece que los desarrolladores deberán cumplir las restricciones, planes de manejo y medidas de mitigación que establezcan el Consejo Agrario Provincial y las demás áreas competentes.
De esta manera, la excepción otorgada para la operación inmobiliaria no implica, según el texto del decreto, una autorización general para construir al margen del régimen de protección.
“Acá no hay nada oculto”Hugo Garay, presidente del CAP
Frente al pedido de informes aprobado por la Cámara de Diputados, Garay confirmó que el Consejo Agrario pondrá la documentación a disposición de los legisladores. “Acá no hay nada oculto, hicimos todo bajo la normativa vigente”, afirmó a Radio LU12 AM680.
El funcionario sostuvo que la discusión requiere revisar el expediente completo y no únicamente el decreto que formalizó la excepción. En ese sentido, el CAP prepara la documentación técnica, administrativa y ambiental para remitirla a la Legislatura. La Cámara había aprobado por unanimidad el pedido de informes para conocer las actuaciones que derivaron en el Decreto 915/26 y analizar los antecedentes del proyecto.
Qué hizo el Gobierno de Claudio Vidal
La explicación oficial no desconoce que hubo una decisión específica durante la actual administración. El 1 de septiembre de 2026, Claudio Vidal firmó el Decreto 915/26.
La norma exceptuó, por única vez y con carácter estrictamente excepcional, la restricción establecida en el artículo 2° del Decreto 994/17 para permitir la operación de venta del inmueble de Lacustre del Sud S.A. a ASB Hospitality Calafate SAU, vinculada al proyecto turístico “Master Plan Ecocentro”. Ese es el punto concreto que corresponde a la actual gestión dentro de la cronología que presenta el Ejecutivo.
El propio decreto establece, además, que la excepción queda limitada exclusivamente a esa operación y a ese proyecto y que no podrá utilizarse como antecedente, precedente vinculante ni criterio automático para futuras solicitudes de igual o similar naturaleza.
Por lo tanto, el Gobierno diferencia entre el origen dominial de las tierras, el régimen de protección ambiental, la aprobación del Plan de Gestión, el inicio del expediente y la excepción otorgada en 2026.
“Estamos cuidando los recursos porque nos apegamos al plan de manejo”
Garay también se refirió específicamente al marco ambiental aprobado durante la administración anterior. “Estamos cuidando los recursos porque nos apegamos al plan de manejo que aprobó la gestión pasada”, sostuvo.
La frase resume uno de los principales argumentos del Consejo Agrario frente a los cuestionamientos surgidos en los últimos días.
El Decreto 303/22, efectivamente, fue firmado durante la gestión de Alicia Kirchner y aprobó el Plan de Gestión del Área Natural Protegida Península de Magallanes. La norma estableció además que las habilitaciones, concesiones y permisos debían quedar sujetos a ese instrumento y a la autoridad de aplicación.
Otro de los puntos que el Gobierno busca precisar es el alcance del Decreto 915/26. La norma no establece una modificación general del Área Natural Protegida ni dispone una eliminación del régimen de protección.
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