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El bloque de Por Santa Cruz parece dilatar los tiempos para cumplir con los oficios enviados por la Justicia a la Cámara de Diputados para que el diputado Fernando Españón se someta en las causas por las cuales está acusado, algunas de ellas por supuesto abuso sexual. De hecho, esta misma semana ingresaron dos nuevos pedidos por parte del Poder Judicial para que se le saquen los fueros al exintendente de 28 de Noviembre, uno de ellos del Juzgado de Instrucción Penal Juvenil de Río Turbio, a cargo de la Dra. Anabella Dionisio, en la causa caratulada como SYB/Denuncia, expediente 16.710/2023. El otro oficio es del mismo juzgado y la carátula es MCE/Denuncia y el expediente 14.409/2020. Según pudo saber La Opinión Austral, las denuncias son de dos mujeres.

En ese contexto, el oficialismo presentó un proyecto de ley que busca regular los pedidos de desafuero presentados por la Justicia ¿Qué dice el proyecto? Cuando, por parte de juez de instrucción o juez o tribunal penal provincial o nacional, se abra una causa penal en la que se impute la comisión de un delito a un diputado de la provincia, funcionario o magistrado sujeto a desafuero, remoción o juicio político, el juez o tribunal competente seguirá adelante con el procedimiento judicial hasta su total conclusión.

 El sector oficialista se abroquela y no da el brazo a torcer, a pesar del costo político. (Foto: José Silva/La Opinión Austral). El sector oficialista se abroquela y no da el brazo a torcer, a pesar del costo político. (Foto: José Silva/La Opinión Austral).
El sector oficialista se abroquela y no da el brazo a torcer, a pesar del costo político. (Foto: José Silva/La Opinión Austral).

Y aclara que “el llamado a indagatoria o a prestar declaración como imputado o formalización de cargos o resolución similar no se considera medida restrictiva de la libertad, pero en el caso de que el legislador, funcionario o magistrado no concurriera a prestarla el tribunal deberá solicitar su desafueroremoción o juicio político“. También sostiene que, en el caso de dictarse alguna medida que vulnere la inmunidad de arresto, la misma “no se hará efectiva hasta tanto el diputado, funcionario o magistrado sujeto a desafuero, remoción o juicio político no sea separado de su cargo. Sin perjuicio de ello, el proceso podrá seguir adelante hasta su total conclusión“.

Incluso, aunque son distintos poderes del Estado, el proyecto indica que “el tribunal solicitará al órgano que corresponda el desafuero, remoción o juicio político, según sea el caso, acompañando al pedido las copias de las actuaciones labradas y expresando las razones que justifiquen la medida“. Y que “no será obstáculo para que el legislador, funcionario o magistrado a quien se le imputare la comisión de un delito por el que se está instruyendo causa tenga derecho, aun cuando no hubiere sido indagado, a presentarse al tribunal, aclarando los hechos e indicando las pruebas que, a su juicio, puedan serle útiles”.

El proyecto dice: “No se podrá ordenar el allanamiento del domicilio particular o de las oficinas de los diputados provinciales ni la intercepción de su correspondencia o comunicaciones telefónicas sin la autorización de la Cámara de Diputados de la provincia de Santa Cruz”. En el artículo 2, plantea que la solicitud de desafuero deberá ser girada de manera inmediata a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, la que deberá emitir dictamen en un plazo de 60 días. “La Cámara deberá tratar la causa dentro de los 180 días de ingresada, aun cuando no exista dictamen de comisión”, subraya. El proyecto tomará estado parlamentario este jueves.

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