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La ANSES finalizó el diseño del calendario de liquidaciones de agosto 2026. La acreditación de los haberes a jubilados y pensionados respetará el orden predeterminado según el último número del Documento Nacional de Identidad (DNI) de cada titular.

Los valores a percibir en el octavo mes del año incorporarán la actualización del régimen de movilidad previsional, el cual aplica reajustes mensuales alineados con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). El incremento para los haberes de agosto se estableció en un 1,9%.

Con la aplicación de la tasa de actualización, la jubilación mínima garantizada se elevará a $419.827,12 brutos a partir de las liquidaciones de agosto.

Además, el Poder Ejecutivo prevé la continuidad del subsidio extraordinario dirigido a los beneficiarios que perciben el haber de menor escala dentro del régimen general. Aunque la resolución reglamentaria en el Boletín Oficial se encuentra pendiente de emisión, la estimación del organismo proyecta la ratificación del bono adicional en una suma fija de $70.000.

En caso de confirmarse la promulgación de la suma no remunerativa por el monto previsto, el ingreso total de los jubilados de la mínima alcanzará una suma de $489.827,12 en agosto.

Cuándo cobran los jubilados que perciben la mínima

El calendario comenzará el 10 de agosto.

Las fechas serán:
DNI terminados en 0: 10 de agosto.
DNI terminados en 1: 11 de agosto.
DNI terminados en 2: 12 de agosto.
DNI terminados en 3: 13 de agosto.
DNI terminados en 4: 14 de agosto.
DNI terminados en 5: 18 de agosto.
DNI terminados en 6: 19 de agosto.
DNI terminados en 7: 20 de agosto.
DNI terminados en 8: 21 de agosto.
DNI terminados en 9: 24 de agosto.

Fechas para quienes superan un haber mínimo

Los jubilados y pensionados que cobran por encima del haber mínimo percibirán sus haberes entre el 25 y el 31 de agosto.

El cronograma quedó establecido de la siguiente manera:
DNI terminados en 0 y 1: 25 de agosto.
DNI terminados en 2 y 3: 26 de agosto.
DNI terminados en 4 y 5: 27 de agosto.
DNI terminados en 6 y 7: 28 de agosto.
DNI terminados en 8 y 9: 31 de agosto.

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