El Gobierno prorrogó hasta fines de marzo la vigencia de los Precios Máximos, a través de la resolución 112/2021 de Comercio Interior publicada en el Boletín Oficial.

 

El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, destacó la efectividad en la aplicación de este programa, en el marco de la Ley de Abastecimiento.

 

“La Ley de Abastecimiento se aplica. Hemos implementado precios máximos justamente aplicando esta ley”, indicó el ministro.

 

El funcionario puntualizó que a partir de la aplicación de la política de Precios Máximos, “la Secretaría de Comercio Interior hizo inspecciones en todo el país con más de 500 clausuras, $ 90 millones en multas, y 5.000 actas de infracción”.

 

De esta manera, los Precios Máximos cumplirán más de un año desde su inicio el 19 de marzo último, cuando se dispuso esta medida en sintonía con la decisión del Gobierno de instaurar el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO).

 

En un principio se retrotrajeron los precios de los artículos al 6 de marzo, pero a mediados de julio pasado se autorizaron aumentos de 2% a 5%; y a principios de octubre último se permitieron nuevas subas entre 2% y 6%.

 

En noviembre comenzaron las conversaciones entre Comercio Interior y el sector privado, con mirar a desamar la canasta de Precios Máximos y fortalecer la de Precios Cuidados.

 

Estas negociaciones derivaron en una ampliación del Precios Cuidados, que a comienzos de enero renovó su canasta, con 600 productos, el doble que un año antes.

 

También significaron un desarme progresivo del Precios Máximos, ya que en noviembre y enero, Comercio Interior deslistó en dos oportunidades muchas categorías de productos, en primera instancia por no ser consideradas de uso masivo, y en segunda, como consecuencia del ingreso al Precios Cuidados, de las que sí son de consumo masivo.

Exceptuados

La Resolución 552/2020, del 12 de noviembre, el área que conduce Paula Español desafectó bebidas alcohólicas -blancas, whiskys, licores, aperitivos y variedades de vinos-, las isotónicas y energizantes, los jugos a base de soja y los de fruta 100% natural.

 

De los alimentos se exceptuaron arroz integral y preparado; patés; conserva de fruta, excepto duraznos; conservas de pescado, excepto atún y caballa; golosinas, barras de cereales; sémola y semolín; harinas integrales; variedades de semillas; café en distintas presentaciones, en saquitos, en cápsulas o bolsitas para máquinas.

 

También fueron quitados de la lista el té en hebras o saborizado; leches condensadas y vegetales; papas y otros tubérculos congelados; tortillas de trigo o masa para tacos; pizzas y empanadas congeladas; premezclas para pizza; puré instantáneo de zapallo; sopas concentradas; salsas de soja; acetos; y quesos brie, camembert, azul y provolone.

 

De los artículos de higiene personal, se sacaron los enjuagues bucales; maquillajes, base, delineador y labial; loción para después de afeitarse; productos de limpieza y cuidado facial, cremas antiarrugas y antiacné; y cremas para peinar, gel, cera capilar y tratamiento capilar.

 

De los productos de limpieza, se eliminaron las pastillas y bloque de inodoros; aprestos y perfumes para tela; limpia metales; y pomadas para limpieza de calzado.

 

El 12 de enero último, se produjo la segunda exclusión, a través de la Resolución 43/2021, de bolsas de residuos y films, palillos, protectores labiales, talcos, fideos importados, pan congelado, yerba mate, gaseosas, cervezas, papel higiénico y rollos de cocina.

 

El programa Precios Máximos incluye a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), y a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo, que cuenten con salón de ventas.

 

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