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Un grupo de 11 familiares de los 44 tripulantes del ARA San Juan, representados por el abogado Luis Tagliapietra, formalizó un recurso de casación contra el juicio por el hundimiento del submarino y pidió que se declare su nulidad. La presentación cuestiona aspectos vinculados con el juez natural, el debido proceso, las restricciones que tuvo la querella durante el debate y la falta de determinadas pericias.
En el juicio el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Cruz condenó al ex capitán de navío, Claudio Villamide, como autor penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, en concurso ideal con estrago culposo agravado por el resultado muerte mientras se desempeñó como titular del Comando de la Fuerza de Submarinos (COFS). Además los jueces Mario Gabriel Reynaldi, Luis Alberto Giménez y Enrique Nicolás Baronetto, absolvieron por unanimidad a Luis Enrique López Mazzeo, Héctor Aníbal Alonso y Hugo Miguel Correa.
El recurso fue solicitado el 3 de septiembre, una jornada considerada simbólica por los familiares: el Día del Submarinista y el aniversario de la creación de la Fuerza de Submarinos. El planteo apunta a que, si la Cámara Federal de Casación Penal hace lugar al recurso, se realice un nuevo juicio ante el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.
La querella encabezada por Tagliapietra calificó el debate realizado en Río Gallegos como un “juicio oral escandaloso y mamarrachezco” y sostuvo que el objetivo del recurso es conseguir que el proceso sea anulado y que se lleve adelante un nuevo juicio con todas las garantías en Mar del Plata.
La querella fundamentó ese pedido en las garantías constitucionales del juez natural, el debido proceso y la defensa en juicio. El escrito cita antecedentes de la Cámara Federal de Casación Penal en los que se dispuso la anulación de una sentencia y la realización de un nuevo juicio cuando los defectos detectados comprometían la valoración de la prueba y principios propios del debate oral.
Según la presentación, cuando las irregularidades afectan la oralidad, la inmediación y el derecho de defensa, la solución no debería ser simplemente modificar una sentencia, sino repetir el debate ante otro tribunal. Tagliapietra también pidió una audiencia para exponer oralmente sus argumentos ante la Cámara, al considerar que ese mecanismo permitiría explicar aspectos que, según sostiene, resultan difíciles de desarrollar únicamente por escrito.
Luis Tagliapietra, que representa a una parte de los familiares, siempre se mostró disconforme con la realización del juicio en Río Gallegos y presentó, en varias oportunidades, pedidos para que el juicio se realice en Mar del Plata. Todos fueron rechazados por los tribunales de Comodoro Rivadavia y en la capital de la provincia de Santa Cruz. En cambio la querella mayoritaria la encabezan las abogadas Valeria Carreras y Lorena Arias, defendieron que el juicio oral sea en Río Gallegos, lejos de Comodoro Py.
“Esperamos y deseamos que esta vez todos nos acompañen en este pedido, fiscalía y demás querellas porque es lo justo, porque necesitamos la verdad y que se haga un juicio con todas las pericias realizadas y con esa verdad arriba de la mesa. Nos falta justicia y nunca bajaremos los brazos por nuestros seres queridos que merecen Memoria, Verdad y Justicia”, dijo el abogado que representa a su propia familia, por su hijo Alejandro Tagliapietra, y a los familiares Germán Suárez; Hernán “Moncho” Rodríguez; Mario Toconas; Fernando Villarreal; Gabriel Alfaro Rodríguez; Luis Niz; Leandro Cisneros; Alejandro Polo; y Luis Nolasco.
En la presentación, Tagliapietra sostuvo que “debe anularse este juicio oral y público y ordenar el reenvío al Tribunal natural para que enarbole un juicio justo como todos nos merecemos, imputados incluidos”.
El planteo no se limita al resultado de la sentencia. La acusación cuestiona el desarrollo del debate y sostiene que existieron restricciones a su actuación, además de objeciones relacionadas con la competencia territorial y la producción de prueba. En particular, Tagliapietra sostuvo que la investigación debía continuar con la realización de pericias que, según su postura, resultaban necesarias para determinar de manera completa qué ocurrió con el submarino.
Crítica a la competencia del Tribunal Oral Federal de Río Gallegos
Uno de los ejes centrales del recurso es la discusión sobre cuál debía ser el tribunal competente para juzgar los hechos.
El querellante sostiene que los restos del ARA San Juan fueron encontrados en una zona ubicada frente a la costa argentina, cercana a Comodoro Rivadavia, y utiliza esa ubicación para cuestionar la competencia territorial del tribunal que llevó adelante el juicio en Río Gallegos. En el escrito se plantea que el Tribunal Oral Federal de esa ciudad no era el “juez natural” de la causa.
La presentación también menciona la Ley 26.261, mediante la cual se creó el Juzgado Federal de Caleta Olivia y se modificó la competencia territorial del Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia.
Sobre este punto, la querella sostiene que las garantías constitucionales del juez natural y del debido proceso exigen que la causa sea tratada por el órgano jurisdiccional que corresponda legalmente.
El planteo concluye que el nuevo debate debería realizarse en Mar del Plata y que ese tribunal es, según la interpretación de la querella, el que corresponde como “juez natural” del caso.
Las restricciones durante el juicio
Otro de los cuestionamientos apunta directamente al desarrollo del debate oral que encabezaron los los jueces Mario Reynaldi, Enrique Baronetto y Luis Giménez. Tagliapietra sostuvo que se limitó su intervención durante el juicio y, particularmente, su posibilidad de desarrollar libremente el alegato, analizar la prueba y formular la acusación en los términos que consideraba correspondientes.
El recurso señaló que el artículo 393 del Código Procesal Penal establece que, una vez terminada la recepción de las pruebas, debe concederse la palabra a la parte querellante para que alegue y formule sus acusaciones.
En ese sentido, el escrito afirma: “Nada dice respecto de limitaciones por no formular requerimiento de elevación a juicio y mucho menos para la querella que se opuso por violación a las reglas del debido proceso entre las demás violaciones a los derechos y garantías constitucionales ya descriptas”.
La presentación considera que la limitación fue particularmente grave porque alcanzó la etapa de alegatos, donde la querella debía analizar la prueba producida y desarrollar su posición jurídica. “La limitación que sufrimos durante todo el debate pero en particular a la hora de expresar nuestro alegato, de analizar libremente la prueba y su subsunción legal, las reglas del concurso de delitos aplicable y el pedido de pena, es ilegal, inconstitucional e inmoral.”
Para Tagliapietra, ese aspecto constituye uno de los fundamentos para pedir que el juicio sea dejado sin efecto.
La falta de pericias
Esta parte de la querella también cuestionó que el proceso haya llegado a sentencia sin completar determinadas medidas de prueba. En el recurso se sostiene que la investigación quedó incompleta y que no se realizaron todas las pericias consideradas necesarias. La acusación afirma que esa situación afectó la posibilidad de determinar con mayor precisión qué ocurrió con el submarino.
El escrito sostiene que durante el debate surgieron “evidencias contundentes de enormes negligencias”, pero que el objetivo principal debía ser la búsqueda de la verdad mediante una investigación completa.
En ese punto, la querella planteó: “La verdad, la que en este caso no se buscó, no porque no se pueda sino porque espuriamente no se quiso, por ello es que debemos insistir en un juicio justo para todos, con la totalidad de la prueba producida y ante el juez natural.”
La presentación también cuestionó el argumento de que determinadas pericias no podían realizarse. Según Tagliapietra, no se habría oficiado correctamente a quienes podían llevarlas adelante, tanto dentro del país como en el extranjero, y tampoco se habría convocado a todos los expertos disponibles.
Qué dijeron los jueces sobre la pericia del ARA San Juan
La cuestión de la pericia sobre los restos del submarino también aparece en los fundamentos de la sentencia del Tribunal Oral Federal de Santa Cruz.
El juez Enrique Baronetto sostuvo que la falta de una pericia física sobre el submarino, que se encuentra a más de 900 metros de profundidad, no impedía resolver el caso. Para el magistrado, existía suficiente material probatorio incorporado al expediente.
Baronetto fundamentó esa conclusión en la existencia de informes técnicos, dictámenes de expertos, información del fabricante y testimonios de submarinistas que, según su análisis, permitían reconstruir la secuencia del siniestro.
“Existe un abundante caudal probatorio ya incorporado, incluyendo los informes técnicos de la Comisión Asesora del Ministerio de Defensa, los dictámenes de los expertos Bellino y Marfort, y la información provista por el fabricante ThyssenKrupp, los cuales, analizados de forma integral con la prueba testimonial de decenas de submarinistas, permiten reconstruir con rigor científico la secuencia del siniestro.”
La postura fue distinta a la que sostuvo el juez Luis Alberto Giménez en su voto en disidencia, quien puso el foco precisamente en la ausencia de una pericia física de los restos.
La diferencia entre ambas posiciones constituye uno de los puntos centrales del recurso de Tagliapietra.
En el recurso, Tagliapietra cuestionó que la imposibilidad de realizar una pericia haya sido utilizada como argumento para cerrar la investigación y sostiene que no se agotaron las posibilidades para concretarla. El escrito afirma que “nunca se ofició debidamente a quienes pueden realizar las pericias, tanto dentro de nuestro país, como del extranjero, y nunca se convocaron a los numerosos peritos que se presentaron en autos tanto de organismos oficiales como de parte”.
Para la querella, esa cuestión tiene consecuencias procesales porque entiende que la Cámara de Casación no debería limitarse a modificar la sentencia si los vicios denunciados requieren revisar el debate completo.
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