Vivimos tiempos de intensos debates sobre diferentes temas sociales que apuntan a los derechos de los sujetos en pos de una vida más digna. No escapa a este contexto el tema de la eutanasia, y orthotanasia o muerte digna.
La muerte digna, designa la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal. Plantear que hay una actuación correcta -es un tanto idealista-, pero nos referimos a poder dar lugar a lo particular de un caso, contemplando la dimensión subjetiva para actuar en estas circunstancias.
La muerte es un tema tabú y hablar de una muerte digna ?a grandes rasgos-, apunta al derecho del paciente a morir dignamente, sin el empleo de medios desproporcionados y extraordinarios para el mantenimiento de la vida. En este sentido se deberá procurar que ante enfermedades incurables y terminales se actúe con tratamientos paliativos para evitar sufrimientos, recurriendo a medidas razonables hasta que la muerte llegue.
Legislación sobre muerte digna en Argentina
El 9 de mayo de 2012, el Senado argentino convirtió en ley un proyecto donde se habilita a rechazar tratamientos que prolonguen artificialmente la vida de pacientes con cuadros terminales o irreversibles. El consentimiento podrá ser dado por el paciente, o si éste no estuviere en condiciones de hacerlo, por sus familiares o representantes legales.
El derecho a una muerte digna
Nunca es fácil hablar de la muerte en nuestra sociedad occidental. Está instalado entre nosotros la idea de que el médico ha estudiado para curar olvidándose de un antiguo principio hipocrático como es, “Curar: algunas veces; Aliviar: frecuentemente; Cuidar y acompañar: siempre”. Por otro lado, el avance de la medicina y la tecnología han reforzado y priorizado el concepto de cantidad de vida por sobre calidad de vida.
Como alternativa que prioriza la calidad de vida del paciente y el respeto por su dignidad como persona, surgen los Cuidados Paliativos. Esta es una modalidad de asistencia para personas con enfermedad incurable en etapa avanzada, con el fin de responder a sus necesidades físicas, emocionales, psicosociales y espirituales, tanto del paciente como de sus familiares y brindada por un equipo interdisciplinario de médicos, enfermeros, psicólogos, trabajadores sociales y muchas veces un sacerdote o religioso. Respeta y promueve el ejercicio del derecho de decisión del paciente durante todo el proceso de enfermedad, como así también contribuye a que se le respete al paciente su derecho a una Muerte Digna.
Todo ser humano debe ser respetado en su concepción de persona a pesar de la circunstancia que le toque vivir, sea esta una enfermedad o incapacidad.
Ante esto surge el cuestionamiento si en dicho concepto también se contempla el sufrimiento psíquico. Dejamos abierto el debate ante un tema social tan delicado, la muerte digna no se trata ni de dejar, ni hacer morir, se trata de permitir morir en paz, sin dolor y sin ningún tipo de interferencia médica, religiosa y jurídica.
Lic. Cintya González,
Lic. Natalia Pelizzetti.
Equipo de coordinación GIA- Setripco – HRRG
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