El cambio introducido implica que, como principio general, la información sea suministrada en el soporte elegido por el proveedor, principalmente en soporte electrónico. Sólo cuando el consumidor opte por el soporte físico existirá la obligación de cumplir la carga de informar mediante dicha modalidad.
“Como autoridades tenemos que poner el acento en lo que es esta modificación porque la entendemos como un retroceso respecto al derecho de los consumidores”, sostuvo la presidenta del Consejo Provincial del Consumo, Cintia González Merlo.
“Los proveedores ahora son los que tienen la posibilidad de determinar el medio de comunicación. Eso lo entendemos como un retroceso en cuanto los derechos. Por eso queremos hablarlo, discutirlo y adaptar medidas de acción conjunta entre todas las oficinas de defensa del consumidor de la provincia”, manifestó.
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