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El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) modificará en octubre los topes de ingresos mensuales requeridos para tramitar la cobertura del 100% en medicamentos mediante el subsidio social. Esta actualización se instrumenta de manera automática tras el incremento en los haberes previsionales establecido por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
El criterio general del organismo establece que los afiliados deben percibir haberes inferiores a 1,5 jubilaciones mínimas para calificar al beneficio. En aquellos hogares donde el titular o un conviviente posea el Certificado Único de Discapacidad (CUD), el límite máximo se duplica hasta alcanzar el equivalente a tres haberes mínimos.
Con el porcentaje de aumento correspondiente a octubre, fijado en un 1,66% según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de agosto, los montos de corte tendrán modificaciones. Mientras que el tope general vigente durante septiembre se ubicaba en 642.949,80 pesos, el nuevo límite para octubre ascenderá a 653.622,77 pesos.
Para los casos que contemplan el CUD, el umbral de ingresos permitido pasará de 1.285.899,60 pesos en septiembre a 1.307.245,53 pesos en octubre. La normativa aclara que el bono extraordinario otorgado a los jubilados no se computa dentro de la base de cálculo para determinar estos topes.
Requisitos para acceder a la cobertura de medicamentos en PAMI
El cumplimiento de los requisitos no constituye la única condición obligatoria para la obtención del subsidio. PAMI exige además que el solicitante no mantenga afiliación a medicina prepaga, no posea más de un inmueble ni sea propietario de aeronaves o embarcaciones de lujo.
El reglamento también restringe la titularidad de vehículos con una antigüedad menor a diez años, a menos que se aplique la excepción prevista para los hogares con CUD. Asimismo, la titularidad de activos societarios que evidencien plena capacidad económica inhabilita el acceso al beneficio.
El sistema contempla una vía de reconsideración para aquellos afiliados cuyos ingresos o patrimonio superen los parámetros establecidos. Si el valor de los medicamentos prescriptos representa un porcentaje igual o superior al 15% del ingreso mensual del jubilado, se puede gestionar la excepción por razones socioeconómicas.
El esquema contempla la entrega de hasta seis medicamentos ambulatorios con cobertura total por motivos sociales. La aprobación de estas solicitudes queda sujeta a la evaluación técnica de la Unidad de Gestión Local (UGL) correspondiente.
La tramitación requiere la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI), la credencial de afiliación a la obra social y la receta electrónica confeccionada por un profesional médico habilitado por el sistema. El procedimiento puede iniciarse de manera digital a través del sitio web oficial o de forma presencial en las agencias de atención.
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