El lunes está prevista la presentación del proyecto de ley para asegurar a las personas trans el ejercicio pleno de sus derechos y en condiciones de igualdad. Garantiza tratamientos médicos obligatorios, crea centros de identidad de género en todos los municipios, fija incentivos para la contratación en empresas y un subsidio para personas LGBTIQ en situación de pobreza.

En la centralidad del proyecto que hizo la FALGBT
y la ATTA, está el respeto de la dignidad y la autonomía de las personas del
colectivo LGBT, incluida la libertad de decidir sobre el propio cuerpo y el
propio proyecto de vida.

En el artículo cuarto habla de que el Estado
santacruceño promoverá “el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales de las personas trans, sin discriminación por razones
de identidad y/o expresión de género”, pero para eso se deben tomar medidas en
el ámbito legislativo, administrativo y judicial, e incluso derogar toda norma que
contradiga los principios generales de esta ley.

Los artículos siete y ocho establecen
mecanismos para el tratamiento de las personas trans que estén privadas de la
libertad y para avanzar hacia la prevención de la explotación, la trata y el
abuso, asistiendo a quienes sean víctimas “para su rehabilitación física, cognitiva
y psicológica, y su reintegración social”, se lee.

La ley también habla de garantizar el acceso a
la educación y que “el Registro Provincial de las Personas, a instancia de la
persona interesada, notificará a los establecimientos educativos dependientes
de la provincia de Santa Cruz los cambios efectuados en el acta de nacimiento,
a fin de que se modifiquen en ese sentido los títulos por estos expedidos y
toda su base de datos, incluso certificados analíticos, para lo cual se
confeccionará un formulario al efecto”.

Además, el CPE deberá “realizar programas de
capacitación y sensibilización, así como la inclusión de contenidos
transversales en cuanto a las normas internacionales y nacionales de derechos
humanos y los principios de igualdad”.

Sobre el sistema
de salud

“Se proporcionará a las personas trans atención
gratuita de la salud en todas las áreas de especialización, incluyendo el
ámbito de la salud sexual y reproductiva”, dice el primer punto de este ítem,
en el que se busca garantizar “el acceso gratuito a servicios de salud en
materia de ITS en general y VIH en particular, que permitan, entre otras
prácticas, la pronta detección”.

Otro punto importante es que se prohíben las “terapias
de aversión” en toda la provincia y cualquier otro procedimiento que suponga un
intento de “anulación”, al igual que con los diagnósticos psiquiátricos,
psicológicos, médicos o cualquier otro requisito que no sea el consentimiento
informado y los estudios médicos específicos comunes a cualquier práctica médica,
para acceder a cualquiera de los tratamientos de salud integral incluidos en
esta ley.

Además, a través del Ministerio de Salud se
deberán crear estadísticas con los resultados de los diferentes tratamientos,
terapias e intervenciones que se lleven a cabo, con detalle de las técnicas
empleadas, eventuales complicaciones y reclamos surgidos, así como la
evaluación de la calidad asistencial.

El artículo 33 regula los tratamientos de
adecuación corporal y reasignación genital, garantizados con acceso gratuito
para todas las personas trans: “psicoterapia, terapias hormonales, cirugías
plásticas sobre mamas y torso, o cirugías de reasignación sexual, en particular
vaginoplastia, clitoroplastia, metaidoioplastia y faloplastia, entre otras”.

Además, dice que la cirugía no puede
condicionar el derecho a recibir tratamientos complementarios como la
fotodepilación del vello facial, la tirocondroplastia, la mejora del tono y
modulación de la voz, entre otros.

También esta ley creará los CEIG (Centros
Especializados en Identidad de Género) en cada uno de los municipios de la provincia,
que funcionarán física y administrativamente en el ámbito de las instituciones
de salud.

Acceso al
trabajo

“La provincia de Santa Cruz reconoce el derecho
de las personas trans a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás
personas; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida
mediante un trabajo digno”, dice luego el proyecto, que solicita promover oportunidades
empresariales, de trabajo por cuenta propia, de constitución de cooperativas y
de inicio de empresas propias.

Además, establece “políticas públicas que
pueden incluir programas de acción afirmativa, incentivos y otras medidas” para
que ingresen al sector privado, incluyendo “incentivos fiscales a empleadorxs”.

Para eso, el Ministerio de Trabajo tiene que
hacer un seguimiento de empresas privadas que ofrezcan trabajo a las personas
trans y un registro especial de empleo de las personas trans.

Con respecto a la calidad de vida, la ley
establece el acceso a la vivienda o a su mejoramiento, en caso de tratarse de
personas en situación de pobreza, y pone en cabeza del Ministerio de Desarrollo
la creación de un registro especial para asignación de vivienda social que
incluya en condiciones prioritarias a las personas trans.

Asistencia
económica

El artículo 49 establece que el Estado pagará
un subsidio mensual para personas trans mayores de cuarenta 40 años que hayan
realizado su cambio de DNI con la Ley de Identidad de Género. El monto a pagar
será de la mitad del salario mínimo.

EN ESTA NOTA Ley Trans

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