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Una acordada del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa generó un intenso debate sobre los beneficios tributarios de los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la provincia. La decisión establece diferentes criterios para el pago del Impuesto a las Ganancias según la fecha de ingreso al organismo y favorece a aquellos que ya se encuentran en carrera judicial.

¿Quiénes pagan Ganancias en el Poder Judicial de La Pampa?

La acordada del 13 de agosto de 2024 establece tres categorías de trabajadores judiciales:

  • Ingreso anterior al 1 de enero de 2017: Exentos del Impuesto a las Ganancias, incluso en caso de ascensos o cambios de cargo.
  • Ingreso entre el 1 de enero de 2017 y la entrada en vigencia de la Ley 27.743: Continúan tributando bajo las mismas condiciones actuales, con algunas exclusiones en la base imponible.
  • Ingreso posterior a la entrada en vigencia de la Ley 27.743: Afectados por la nueva normativa, debiendo tributar por la totalidad de sus ingresos, con algunas excepciones específicas.

Ganancias: la polémica por la intangibilidad de los salarios

Uno de los argumentos centrales del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa para justificar estos beneficios es la “intangibilidad” de los salarios de los trabajadores judiciales. Sin embargo, esta interpretación fue criticada, ya que se considera discriminatoria al favorecer a aquellos que ingresaron al Poder Judicial antes de una determinada fecha, sin importar las responsabilidades o tareas que desempeñen.

El otro argumento del máximo organismo judicial de La Pampa es que de tener que pagar Ganancias quienes ingresaron antes de 2017 se verían afectados en “el derecho a la carrera judicial”. Es decir que consideran “irrazonable” que pudiera haber un “empeoramiento” salarial cuando haya ascensos o designación de cargos con mayor responsabilidad.

La disidencia del presidente del STJ

El presidente del Superior Tribunal de Justicia, José Roberto Sappa, expresó su disidencia con esta interpretación, argumentando que todos los magistrados, funcionarios y empleados deberían tener las mismas condiciones laborales, independientemente de su fecha de ingreso.

La acordada que establece pautas que fija el alcance de aplicación de la Ley de Impuesto a las Ganancias para magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de La Pampa fue firmada por todos sus restantes miembros Eduardo Daniel Fernández Mendía, Hugo Oscar Díaz, María Verónica Campo, y Fabricio Ildebrando Luis Losi.

Privilegios cuestionados

La decisión del Superior Tribunal de Justicia generó un amplio debate, ya que se considera que los trabajadores judiciales gozan de privilegios en comparación con otros sectores de la población. Los salarios de los magistrados y funcionarios judiciales son significativamente superiores a los del resto de los trabajadores estatales de La Pampa, incluyendo al gobernador de la provincia.

Según el Diario La Arena de La Pampa, funcionarios, magistrados y empleados judiciales tiene salarios que “alcanzan de manera bruta algo así como los 7 millones de pesos (7.000 dólares al cambio oficial). Los ministros del STJ perciben $ 3.837.000, pero a eso se suman otros rubros que llevan muy por encima esa cifra. Cobran más que el propio gobernador, que según puede leerse en el Boletín Oficial percibe $ 2.659,368. Y en este caso sí debe hacer frente al Impuesto a las Ganancias”.

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