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La Justicia Federal de Santa Cruz dictó sentencia en un caso donde un hombre intentó ingresar marihuana a la Alcaidía Penitenciaria de Río Gallegos. El fallo condenó a C. Pérez, de 35 años, a la pena de un año, un mes y quince días de prisión en suspenso.

La investigación, iniciada el 6 de abril de 2024, se desencadenó cuando Pérez se presentó en la mencionada alcaidía con la intención de entregar mercadería a D. Cortez Pichiñanco, un interno. Lo que en principio parecía una simple entrega de alimentos solicitada por el propio recluso, según las declaraciones iniciales de Pérez al personal carcelario, pronto tomó un giro inesperado durante la inspección de rutina. Entre los 500 gramos de arroz, dos dientes de ajo, una papa, una cebolla y una caja de salsa de tomate, los agentes notaron que esta última presentaba signos de manipulación y un tamaño anómalo.

Al abrir la caja y vaciar su contenido, se descubrieron dos envoltorios de nylon: uno de color verde amarronado y otro blanco. Se dio aviso a Narcocriminalidad, que se hizo presente en el lugar y procedió al secuestro de las sustancias. El análisis posterior de la sustancia de color verde amarronada arrojó un peso de 43.3 gramos y un resultado positivo para cannabis sativa en el test de campo. La pericia bioquímica realizada por Gendarmería Nacional confirmó que las muestras analizadas correspondían a marihuana, con un pesaje total de 30.73 gramos.

La investigación no se detuvo allí. Se verificó que el interno Cortez había solicitado la entrega de la mercadería a través de WhatsApp, utilizando el número telefónico perteneciente a Pérez. Además, se constató que Pérez había recibido una llamada del interno indicándole que retirara una bolsa ecológica con alimentos de un domicilio en el Barrio San Benito, cerca de la Séptima.

El análisis del teléfono celular secuestrado a Pérez reveló una serie de mensajes con el interno Cortez el mismo día de los hechos. En estos intercambios, se mencionaba dinero (“4 lucas”, luego rectificado a “3 mil”) y se hacía referencia a la presencia de la “gorra” (jerga para referirse a la policía), evidenciando la conciencia de la ilicitud del acto. Un mensaje del interno incluso alertaba sobre la posibilidad de que las autoridades estuvieran al tanto de sus comunicaciones: “por qué la gorra sale hasta afuera (…) que no sepan que tengo cel de parte de mi hermano las cosas…”.

La Fiscalía había atribuido a Pérez el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por haberse cometido en un centro de detención. Sin embargo, durante la etapa de juicio abreviado, la Fiscalía rectificó la calificación legal, considerando que Pérez no era el propietario de la droga, sino que actuó como un nexo entre el remitente y el receptor. Finalmente, fue acusado por el intento de suministro y, en un acuerdo de juicio abreviado, fue condenado a la pena de un año de prisión en suspenso

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